3. Otras disposiciones. . (2024/107-52)
Decreto 103/2024, de 28 de mayo, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Martes, 4 de junio de 2024

página 45888/2

las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la
Administración General de la Junta de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración General de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación de la
presente modificación de la relación de puestos de trabajo en la Comisión del Convenio.
La Dirección General de Presupuestos ha informado favorablemente, desde el punto
de vista económico-financiero, esta modificación parcial de la relación de puestos de
trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no supone la ampliación
de la plantilla presupuestaria de la Administración General de la Junta de Andalucía, en
los términos previstos en los apartados 6 y 7 del artículo 26 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986,
de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de
puestos de trabajo, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función
Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de mayo
de 2024,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la
Administración General de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de
Andalucía, correspondiente a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
queda modificada en los términos indicados en el Anexo I.
Artículo 2. Adscripción del personal afectado por la supresión de los puestos de
trabajo.
El personal afectado por la supresión de los puestos de trabajo que desempeñan,
queda adscrito a los puestos de trabajo referidos en el Anexo II del presente decreto y
mantendrá el mismo carácter de ocupación con el que venían desempeñando el anterior.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos económicos y administrativos
derivados de la modificación de la relación de puestos de trabajo, se producirán a partir
del día 1 del mes siguiente a su publicación.
Sevilla, 28 de mayo de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS

00302837

Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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