Disposiciones generales. . (2024/106-2)
Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para el año 2024, la concesión de subvenciones de las líneas 4 y 5 reguladas en la Orden de 5 de octubre de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Lunes, 3 de junio de 2024

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ANEXO I

7. DOCUMENTACIÓN

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

Presento la siguiente documentación:
1. Documentación expedida por la Seguridad Social o por la Mutualidad del colegio profesional correspondiente que acredite
la situación de baja por riesgo durante el embarazo, o de baja por nacimiento de hijo o hija, por adopción, guarda con fines
de adopción y acogimiento familiar. (2)
2. Libro de familia o certificado de la inscripción del hijo o de la hija en el Registro Civil.
3. Resolución administrativa o judicial que, en su caso, reconozca la adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento
familiar.
4. Contrato de interinidad por el que se solicita la subvención debidamente formalizado o Comunicación del contrato a
través de Gescontrat@ o Contrat@. (3)
5. DNI/NIE/NIF de la persona trabajadora por cuyo contrato se solicita la subvención o autorización firmada por la misma
para la consulta telemática de sus datos de identidad.
6. Certificación del Informe de Vida Laboral de la persona trabajadora por cuyo contrato se solicita la subvención o autorización firmada por la misma para la consulta telemática de su correspondiente Informe de Vida Laboral emitido por el
órgano competente de la Seguridad Social.
7. Certificado emitido por la mutua correspondiente, en el que se recoja la fecha de alta como mutualista y su mantenimiento hasta la fecha de presentación de esta solicitud.(4)
8. Informe emitido por el Servicio Andaluz de Empleo que acredite que la persona trabajadora por cuyo contrato se solicita la
subvención está inscrita como demandante de empleo, o autorización firmada por la misma, para la consulta de los datos
de su demanda de empleo. La condición de "desempleada no ocupada" de la persona contratada se acreditará a través de
la certificación del Informe de Vida Laboral o autorización firmada por ésta para su consulta telemática.
9. La situación de persona contratada con discapacidad, así como en el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el
nacimiento, adopción, en situación de acogida, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar se acreditará
mediante documento expedido por la Administración competente.
10. La situación de ser o haber sido víctima de violencia de género se acreditará con alguno de los siguientes documentos
(Marque con una X):
Resoluciones judiciales por violencia de género: documento acreditativo de la orden de protección, medidas cautelares o
sentencia condenatoria por violencia de género.
Cualquier otra documentación acreditativa, en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o
faltas que constituyen objeto de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género.
El informe del Ministerio Fiscal que incluye la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia
de género.
El atestado de la autoridad policial que acredite la existencia de indicios razonables sobre la condición de víctima.
11. La situación de víctima de terrorismo se acreditará con certificado emitido por el Ministerio del Interior o Ministerio que
ostente la competencia en la materia.
Y en el caso de haberme opuesto a su consulta en el apartado 5 y no haber prestado mi consentimiento en el apartado 6:
DNI/NIE/NIF de la persona solicitante. Cuando ésta sea nacional de otro país comunitario deberá aportar copia auténtica del
número de identificación de extranjero y además, si es nacional de terceros países, copia del permiso de trabajo y residencia.
Certificado de empadronamiento.
Informe de Vida Laboral debidamente actualizado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Informe de Vida Laboral de empresas debidamente actualizado, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Certificado de situación censal.

DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados: (*)
Documento

Consejería/Agencia y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1
2
3
4
5
7
8
9
10

(*) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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