Disposiciones generales. . (2024/105-1)
Orden de 24 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Viernes, 31 de mayo de 2024

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b) Línea de Proyectos de I+D+i en salud de colaboración internacional, en el marco
del programa Horizonte Europa:
• Título del proyecto.
• Asociación Europea del «Programa Horizon».
• Persona investigadora principal y equipo investigador.
• Resumen.
• Experiencia de la persona investigadora principal y del equipo investigador sobre el
tema del proyecto.
• Antecedentes y estado actual del tema de estudio.
• Bibliografía.
• Hipótesis, pregunta de investigación o estudio descriptivo.
• Objetivos.
• Metodología.
• Incorporación de la perspectiva de género en la investigación.
• Plan de trabajo.
• Aspectos éticos de la investigación.
• Aplicabilidad de los resultados.
• Impacto de los resultados.
• Plan de difusión y explotación.
• Medios y recursos disponibles para realizar el proyecto.
• Presupuesto solicitado y justificación.
Décimo. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables solo aquellos gastos que, conforme el
concepto y características de la actuación objeto de la subvención, sean necesarios para
el cumplimiento de la finalidad de las actuaciones previstas en el apartado 2.a) Conceptos
subvencionables y 5.b).1.º Gastos subvencionables, del los Cuadros Resumen de las
bases reguladoras que recoge la Orden de 1 de agosto de 2022.
Undécimo. Órgano instructor y Órgano competente para resolver la convocatoria.
1. Según lo establecido en el apartado 12 del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de
agosto de 2022, el órgano instructor del procedimiento será el Servicio de Investigación.
2. Será competente para resolver las solicitudes de concesión de subvenciones la
persona titular de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, de conformidad
con lo establecido en el apartado 1 del artículo 15 de las bases reguladoras tipo, y de
conformidad con lo indicado en el citado apartado 12 del Cuadro Resumen y el artículo 5
del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Salud y Consumo (BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto).
Decimosegundo. Notificación.
Las notificaciones se cursarán personalmente y se practicarán en el lugar o medio
indicados en la solicitud, en los términos del artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de
noviembre, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Decimotercero. Efectividad.
La eficacia de la presente orden se producirá con la publicación de la misma y de su
extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en
el artículo 12.1 de las bases reguladoras tipo.

CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 24 de mayo de 2024