Disposiciones generales. . (2024/105-2)
Extracto de la Orden de 24 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2024.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Viernes, 31 de mayo de 2024
página 45675/2
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente
convocatoria y de su extracto.
2. El lugar de presentación de las solicitudes de subvención será exclusivamente en
el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, según lo
previsto en el artículo 10.c) del Cuadro Resumen correspondiente, a través de la siguiente
dirección electrónica: https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
3. Los formularios de solicitud y, en su caso, de alegaciones y otras posibles
actuaciones a realizar se encuentran publicados en BOJA, junto con la convocatoria, y
que igualmente se puede acceder a ellos través del Sistema Nacional de Publicación de
Subvenciones.
Quinto. Cuantía máxima a conceder por solicitud presentada y duración de los
proyectos subvencionables.
1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos
exigidos en las bases de la convocatoria, será la siguiente:
Un máximo de 250.000,00 € por cada proyecto en los que el grupo participe como
coordinador en la asociación europea y 125.000,00 € por cada proyecto en los que el
grupo participe como asociado en la asociación europea.
2. Los proyectos tendrán una duración máxima de cuatro años, y deberán realizarse
en los ejercicios presupuestarios 2024 a 2028, salvo modificación de la resolución de
concesión.
Sevilla
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
00302625
Consejera de Salud y Consumo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Viernes, 31 de mayo de 2024
página 45675/2
día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente
convocatoria y de su extracto.
2. El lugar de presentación de las solicitudes de subvención será exclusivamente en
el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, según lo
previsto en el artículo 10.c) del Cuadro Resumen correspondiente, a través de la siguiente
dirección electrónica: https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
3. Los formularios de solicitud y, en su caso, de alegaciones y otras posibles
actuaciones a realizar se encuentran publicados en BOJA, junto con la convocatoria, y
que igualmente se puede acceder a ellos través del Sistema Nacional de Publicación de
Subvenciones.
Quinto. Cuantía máxima a conceder por solicitud presentada y duración de los
proyectos subvencionables.
1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos
exigidos en las bases de la convocatoria, será la siguiente:
Un máximo de 250.000,00 € por cada proyecto en los que el grupo participe como
coordinador en la asociación europea y 125.000,00 € por cada proyecto en los que el
grupo participe como asociado en la asociación europea.
2. Los proyectos tendrán una duración máxima de cuatro años, y deberán realizarse
en los ejercicios presupuestarios 2024 a 2028, salvo modificación de la resolución de
concesión.
Sevilla
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
00302625
Consejera de Salud y Consumo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja