Disposiciones generales. . (2024/105-2)
Extracto de la Orden de 24 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo para 2024.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 105 - Viernes, 31 de mayo de 2024

página 45675/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Extracto de la Orden de 24 de mayo de 2024, por la que se convocan
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud
y consumo para 2024.
BDNS (Identificación): 762518.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE num. 276, de 18 de noviembre),
y el artículo 12.1 de las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva, aprobadas mediante Orden de 20 de diciembre
de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), en adelante Bases
Reguladoras Tipo, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria y objeto.
Convocar subvenciones conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud
y Consumo de 1 de agosto de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de
salud y consumo (BOJA núm. 151, de 8 de agosto), modificada por la Orden de 10 de agosto
de 2023 (BOJA núm. 157, de 17 de agosto), en proyectos destinados a la siguiente Línea:
- Línea de Proyectos de I+D+i en salud de colaboración internacional, en el marco del
programa Horizonte Europa.
Segundo. Personas beneficiarias.
Los requisitos generales que han de acreditar las entidades interesadas, la
presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones, su
abono, la justificación de gasto y destino se regirán por lo previsto en la citada Orden de
1 de agosto de 2022.

Ejercicio
2024
2025

Partida Presupuestaria
1300010000 G/41K/44602/00 01
1300010000 G/41K/44602/00 01

Crédito
125.000,00 €
125.000,00 €

Cuarto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de las Bases Reguladoras Tipo,
el plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302625

Tercero. Financiación y cuantía máxima de las subvenciones a otorgar con la
convocatoria.
1. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo (BOJA núm. 53, de 18 de marzo).
2. Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos asignados a las partidas
y programas presupuestarios siguientes del programa 41K, por una cuantía máxima de
250.000,00 €, con la siguiente distribución: