3. Otras disposiciones. . (2024/104-18)
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Fairways and Greens.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 104 - Jueves, 30 de mayo de 2024
página 45659/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía
la Fundación Fairways and Greens.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Fairways and Greens, sobre
la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación Fairways and Greens fue constituida en escritura pública otorgada
el 20.3.2023, ante don Leopoldo López Herrero Pérez, Notario del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 1351 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Promocionar, fomentar y divulgar el deporte del golf entre los niños de edad temprana,
jóvenes, adolescentes, y deportistas amateurs, facilitando su práctica y aprendizaje sin
distinción ni limitación social, física o económica. La promoción y divulgación del deporte
del golf en el ámbito familiar.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en C/ Marqués de Guadiaro, 5,
bajo 1, 29008 Málaga, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria,
se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación es de quinientos mil (500.000,00) euros,
íntegramente desembolsada.
Quinto. Patronato.
Presidente: Corporación Empresarial Biznaga, S.L., representada por don Antonio
Jesús Mediato Martínez.
Vicepresidenta: Doña María de la Almudena Díaz Pérez.
Secretario: Don Armando Castillejo Pérez.
Vocales: Don Enrique Gerardo Mediato Díaz y Don Daniel Emilio Colomar Dugo.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento
del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302609
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 104 - Jueves, 30 de mayo de 2024
página 45659/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía
la Fundación Fairways and Greens.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Fairways and Greens, sobre
la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación Fairways and Greens fue constituida en escritura pública otorgada
el 20.3.2023, ante don Leopoldo López Herrero Pérez, Notario del Ilustre Colegio de
Andalucía, registrada con el número 1351 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Promocionar, fomentar y divulgar el deporte del golf entre los niños de edad temprana,
jóvenes, adolescentes, y deportistas amateurs, facilitando su práctica y aprendizaje sin
distinción ni limitación social, física o económica. La promoción y divulgación del deporte
del golf en el ámbito familiar.»
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en C/ Marqués de Guadiaro, 5,
bajo 1, 29008 Málaga, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria,
se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación es de quinientos mil (500.000,00) euros,
íntegramente desembolsada.
Quinto. Patronato.
Presidente: Corporación Empresarial Biznaga, S.L., representada por don Antonio
Jesús Mediato Martínez.
Vicepresidenta: Doña María de la Almudena Díaz Pérez.
Secretario: Don Armando Castillejo Pérez.
Vocales: Don Enrique Gerardo Mediato Díaz y Don Daniel Emilio Colomar Dugo.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de
la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general;
el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto
de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento
del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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