3. Otras disposiciones. . (2024/103-48)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Centro de Investigaciones Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de Málaga (CIEDES).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45607/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Centro de Investigaciones Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de
Málaga (CIEDES).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro de Investigaciones
Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de Málaga (CIEDES), sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 2.2.2024 tuvo entrada en la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria
adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a la redacción de los artículos 5 (Fines)
y 6 (Actividades).
Tercero. Al expediente se han aportado la copia autorizada y copia simple electrónica
de la escritura pública otorgada el 28.12.2023, ante el Notario don José Andrés Navas
Hidalgo del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 2255 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de
9.10.2023, relativo a la modificación de estatutos, expedida por la secretaria con el visto
bueno del presidente. Dicha certificación contiene el texto de la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo
30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302557
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
BOJA
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45607/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Centro de Investigaciones Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de
Málaga (CIEDES).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro de Investigaciones
Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de Málaga (CIEDES), sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 2.2.2024 tuvo entrada en la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria
adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta a la redacción de los artículos 5 (Fines)
y 6 (Actividades).
Tercero. Al expediente se han aportado la copia autorizada y copia simple electrónica
de la escritura pública otorgada el 28.12.2023, ante el Notario don José Andrés Navas
Hidalgo del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 2255 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de
9.10.2023, relativo a la modificación de estatutos, expedida por la secretaria con el visto
bueno del presidente. Dicha certificación contiene el texto de la modificación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo
30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302557
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.