Autoridades y personal. . (2024/103-42)
Resolución 22 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia la provisión externa temporal de un puesto de Médica o Médico para la Comunidad Terapéutica de Cartaya (Huelva) en la Jefatura de Atención Social y Sanitaria de la Agencia.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45596/2
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose establecido como
único medio de participación en esta convocatoria la presentación electrónica de la
solicitud, esta será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no presentación
en tiempo y forma de la solicitud mediante la plataforma informática habilitada a tal efecto
supondrá la inadmisión de la persona aspirante.
A modo informativo, el soporte técnico para la presentación de solicitudes se
encuentra en la página web de la ASSDA:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/index.php/mla-agencia/seleccionpersonal
En el apartado «Servicio de Provisión de Puestos de la ASSDA (SEPPA)», además
del enlace a la propia herramienta, se encuentra disponible la siguiente información que
se actualiza periódicamente:
- Manual de uso de la herramienta SEPPA.
- Correo de Soporte técnico al proceso de selección: seppa.assda@juntadeandalucia.es
- Videos tutoriales (Alta Méritos, Inscripción, Alegaciones, Autobaremo, etc).
- Documento FAQ SEPPA Preguntas y respuestas frecuentes.
Cuarta. Acreditación de requisitos.
Al presentar la solicitud la persona solicitante deberá acreditar todos los requisitos
exigidos para poder participar en la convocatoria.
La documentación acreditativa de los requisitos deberá ajustarse a lo recogido en las
bases de la presente convocatoria y en las condiciones particulares de la misma.
La persona solicitante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados, declarando en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos, y que la documentación acreditativa anexada es copia fiel del original,
asumiendo la responsabilidad en la que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud.
Aquellas personas que no presenten la documentación en los plazos y formas
establecidos para ello, perderán los derechos derivados de su participación en el proceso,
sin perjuicio de lo establecido en materia de alegaciones referido en la base sexta de la
presenta convocatoria.
Sexta. Sistema selectivo.
6.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la
acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas
admitidas y excluidas indicando las causas de exclusión y ordenadas alfabéticamente.
Las personas aspirantes contarán con un plazo de diez días hábiles, desde el día
siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para formular
las alegaciones correspondientes a la citada lista a través de la plataforma informática
correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302545
Quinta. Autobaremación.
La persona solicitante podrá aportar todos los méritos relativos al puesto ofertado
conforme al baremo establecido en las condiciones particulares de la presente
convocatoria.
Solo las personas candidatas que resulten admitidas en el proceso selectivo,
podrán presentar su autobaremo firmado de forma electrónica a través de la plataforma
informática creada para tal efecto, dentro del plazo establecido para ello.
Solo se valorarán los méritos anteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria
del proceso. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo convocado
por la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos para
el acceso al puesto ofertado a la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerse
hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la documentación presentada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Miércoles, 29 de mayo de 2024
página 45596/2
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y habiéndose establecido como
único medio de participación en esta convocatoria la presentación electrónica de la
solicitud, esta será de uso obligatorio por las personas interesadas. La no presentación
en tiempo y forma de la solicitud mediante la plataforma informática habilitada a tal efecto
supondrá la inadmisión de la persona aspirante.
A modo informativo, el soporte técnico para la presentación de solicitudes se
encuentra en la página web de la ASSDA:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/index.php/mla-agencia/seleccionpersonal
En el apartado «Servicio de Provisión de Puestos de la ASSDA (SEPPA)», además
del enlace a la propia herramienta, se encuentra disponible la siguiente información que
se actualiza periódicamente:
- Manual de uso de la herramienta SEPPA.
- Correo de Soporte técnico al proceso de selección: seppa.assda@juntadeandalucia.es
- Videos tutoriales (Alta Méritos, Inscripción, Alegaciones, Autobaremo, etc).
- Documento FAQ SEPPA Preguntas y respuestas frecuentes.
Cuarta. Acreditación de requisitos.
Al presentar la solicitud la persona solicitante deberá acreditar todos los requisitos
exigidos para poder participar en la convocatoria.
La documentación acreditativa de los requisitos deberá ajustarse a lo recogido en las
bases de la presente convocatoria y en las condiciones particulares de la misma.
La persona solicitante se responsabilizará de la veracidad de los documentos
adjuntados, declarando en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos, y que la documentación acreditativa anexada es copia fiel del original,
asumiendo la responsabilidad en la que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud.
Aquellas personas que no presenten la documentación en los plazos y formas
establecidos para ello, perderán los derechos derivados de su participación en el proceso,
sin perjuicio de lo establecido en materia de alegaciones referido en la base sexta de la
presenta convocatoria.
Sexta. Sistema selectivo.
6.1. Lista provisional de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y tras la comprobación de la
acreditación de los requisitos aportados, se hará pública la lista provisional de personas
admitidas y excluidas indicando las causas de exclusión y ordenadas alfabéticamente.
Las personas aspirantes contarán con un plazo de diez días hábiles, desde el día
siguiente a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para formular
las alegaciones correspondientes a la citada lista a través de la plataforma informática
correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302545
Quinta. Autobaremación.
La persona solicitante podrá aportar todos los méritos relativos al puesto ofertado
conforme al baremo establecido en las condiciones particulares de la presente
convocatoria.
Solo las personas candidatas que resulten admitidas en el proceso selectivo,
podrán presentar su autobaremo firmado de forma electrónica a través de la plataforma
informática creada para tal efecto, dentro del plazo establecido para ello.
Solo se valorarán los méritos anteriores a la fecha de la publicación de la convocatoria
del proceso. Las personas interesadas en participar en el proceso selectivo convocado
por la presente resolución deberán reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos para
el acceso al puesto ofertado a la fecha de publicación de la convocatoria y mantenerse
hasta la fecha de formalización del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la documentación presentada.