Disposiciones generales. . (2024/506-1)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía en el ámbito de la Consejería, para el ejercicio 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 6 - Martes, 28 de mayo de 2024
página 45719/20
(Página 15 de 26 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (conforme a los
criterios establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen) (Máx. 100 puntos)
A. EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES: (0-40 PUNTOS)
A.1. Adecuación de recursos humanos: (0-14 puntos)
Se valorarán las lineas de actuación de la entidad en materia de gestión de los recursos humanos.
A.1.a) Naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva incorporación, considerando la existencia de contratos indefinidos entre el personal.
Nº total de personas trabajadoras en plantilla:
Nº total de personas trabajadoras con contrato fijo o indefinido:
N.º total de personas trabajadoras con contrato fijo o indefinido que se han incorporado durante el último año:
Nº total de personas trabajadoras a jornada completa:
A.1.b) El empleo de personas con discapacidad conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre:
- N.º total de personas trabajadoras con discapacidad:
A.1.c) El empleo de personas en situación de exclusión social, conforme a lo previsto en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre:
Estas personas se encuentran incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación
adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las
siguientes causas:
1. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
2. Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o
reinserción social.
Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté
incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de
julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la
responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida
en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley,
aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los
ex internos.
Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla.
Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla.
A.1.d) El empleo de mujeres, jóvenes y personas desempleadas de larga duración:
Nº Mujeres:
Nº Hombres:
Nº personas desempleadas de larga duración:
A.2. Alineación con los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible) de la Agenda 2030: (0-2 puntos)
La entidad debe indicar en qué medida contribuye a los mismos con su actuación.
IDENTIFICACIÓN DEL ODS
DESCRIPCIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN A SU CONSECUCIÓN
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00302668
003508/1
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
Nº total de personas trabajadoras en situación de exclusión social:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 6 - Martes, 28 de mayo de 2024
página 45719/20
(Página 15 de 26 )
ANEXO I
5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (conforme a los
criterios establecidos en el apartado 12 del cuadro resumen) (Máx. 100 puntos)
A. EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES: (0-40 PUNTOS)
A.1. Adecuación de recursos humanos: (0-14 puntos)
Se valorarán las lineas de actuación de la entidad en materia de gestión de los recursos humanos.
A.1.a) Naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva incorporación, considerando la existencia de contratos indefinidos entre el personal.
Nº total de personas trabajadoras en plantilla:
Nº total de personas trabajadoras con contrato fijo o indefinido:
N.º total de personas trabajadoras con contrato fijo o indefinido que se han incorporado durante el último año:
Nº total de personas trabajadoras a jornada completa:
A.1.b) El empleo de personas con discapacidad conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre:
- N.º total de personas trabajadoras con discapacidad:
A.1.c) El empleo de personas en situación de exclusión social, conforme a lo previsto en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre:
Estas personas se encuentran incluidas en alguno de los siguientes colectivos:
Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación
adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las
siguientes causas:
1. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.
2. Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o
reinserción social.
Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté
incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de
julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la
responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida
en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley,
aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los
ex internos.
Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de
Ceuta y Melilla.
Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las
ciudades de Ceuta y Melilla.
A.1.d) El empleo de mujeres, jóvenes y personas desempleadas de larga duración:
Nº Mujeres:
Nº Hombres:
Nº personas desempleadas de larga duración:
A.2. Alineación con los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible) de la Agenda 2030: (0-2 puntos)
La entidad debe indicar en qué medida contribuye a los mismos con su actuación.
IDENTIFICACIÓN DEL ODS
DESCRIPCIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN A SU CONSECUCIÓN
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00302668
003508/1
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
Nº total de personas trabajadoras en situación de exclusión social:
https://www.juntadeandalucia.es/eboja