Disposiciones generales. . (2024/506-1)
Orden de 23 de mayo de 2024, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía en el ámbito de la Consejería, para el ejercicio 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 6 - Martes, 28 de mayo de 2024

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ANEXO I

4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SOLICITA
SUBVENCIÓN (Continuación)

4.11.2. GASTOS CORRIENTES:

CONCEPTO

IMPORTE

4.11.2.1. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO (máx. 10% del importe solicitado a la CISJUFI):
4.11.2.2. GASTOS REFERIDOS A LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
2.2.1. GASTOS GENERALES:
• Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente. Planes de prevención de riesgos
laborales y otros.
• Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades.
• Gastos de telefonía e internet, hasta un máximo del 10% del total de la subvención solicitada y concedida.
• Gastos de suministro.

• Gastos de gestoría.
• Material fungible.
• Gastos de seguridad.
SUBTOTAL 2.2.1. GASTOS GENERALES
2.2.2. GASTOS ESPECÍFICOS:
• Material Farmacéutico.
• Desplazamiento de personas usuarias.
• Material de reprografía.
• Material de talleres.
• Material necesario para el desarrollo de la actividad.
• Publicidad y propaganda.
• Gastos de ropería.
• Gastos de material de higiene personal.
• Gastos de adquisición de alimentos.
• Gastos de publicaciones.
• Gastos de adquisición de menaje, utensilios y mobiliario de cocina cuyo coste unitario sea inferior a 300 €
hasta un máximo de un 5% del importe subvencionado.
• Gastos de combustible.
• Gastos de los servicios de suministros de comidas elaboradas.
SUBTOTAL 2.2.2. GASTOS ESPECÍFICOS
4.11.2.3. GASTOS DE AUDITORÍA (máx. 3% del coste total del proyecto o actuación. Sólo para el caso de que la
entidad se acoja a la modalidad de justificación prevista en el apartado 26.f) 2º del presente cuadro
resumen)
4.11.2.4. COSTES INDIRECTOS (máx. 10% del importe solicitado y concedido a la CISJUFI)
TOTAL GASTOS CORRIENTES
TOTAL PRESUPUESTO (personal + gastos corrientes)
IMPORTE OTRAS SUBVENCIONES (Incluir las subvenciones concedidas indicadas en el apdo. 3)
IMPORTE A APORTAR POR LA ENTIDAD
IMPORTE SOLICITADO A LA CISJUFI

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302668

003508/1

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

• Gastos necesarios de limpieza.
• Pólizas del seguro de las personas voluntarias que participen directamente en el programa solicitado, con el
límite de 4 euros anuales por persona voluntaria.
• Pólizas de seguros de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de
las actividades, así como los correspondientes a responsabilidad civil y accidentes.
• Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el
desarrollo de las actividades.
• Gastos bancarios derivados de transferencias directamente relacionadas con la ejecución del programa.
• Gastos de conservación y reparación de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo del
programa (hasta un máximo del 10% de la subvención solicitada y concedida).
• Gastos de correos y mensajería.