Disposiciones generales. . (2024/102-2)
Corrección de errores de la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Martes, 28 de mayo de 2024

página 45573/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Corrección de errores de la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se
convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en
la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas
acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
Advertido error en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se convocan para
el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura marina y
continental en Andalucía y a la creación de empresas acuícolas sostenibles, previstas
en la orden que se cita, que ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 248, de 29 de diciembre de 2023, y de acuerdo con lo previsto en
el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, donde se establece que «Las Administraciones
Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de
los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos»,
procede su subsanación en los siguientes términos:
En la página 19483/4, donde dice:
«Cuarto. Trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.
1. A los efectos del trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos
y aceptación, previstos en el artículo 19 de la Orden de 13 de julio de 2023, la persona
o entidad solicitante o beneficiaria de la ayuda deberá cumplimentar el modelo de
formulario que figura como Anexo II adjunto a esta convocatoria y que podrá encontrarse
en los enlaces del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la
Administración de la Junta de Andalucía, indicados en el apartado 4 del resuelvo primero.
2. Este formulario Anexo II junto con la correspondiente documentación deberá
presentarse en la forma prevista en el apartado 3 del resuelvo segundo.»

00302523

Debe decir:
«Cuarto. Trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.
1. A los efectos del trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentos
y aceptación, previstos en el artículo 19 de la Orden de 13 de julio de 2023, la persona
o entidad solicitante o beneficiaria de la ayuda deberá cumplimentar el modelo de
formulario que figura como Anexo II adjunto a esta convocatoria y que podrá encontrarse
en los enlaces del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica de la
Administración de la Junta de Andalucía, indicados en el apartado 4 del resuelvo primero.
2. Este formulario Anexo II junto con la correspondiente documentación deberá
presentarse en la forma prevista en el apartado 3 del resuelvo segundo.
3. De acuerdo con lo establecido en el apartado 7 del artículo 25 de la Orden de
13 de julio de 2023, se dispone la posibilidad de otorgar un anticipo máximo del 20%
con anterioridad a la justificación de la realización de la inversión subvencionada, previa
petición por la persona o entidad beneficiaria en el formulario Anexo II, sin necesidad de
constitución de garantía.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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