3. Otras disposiciones. . (2024/99-32)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede modificación de autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción para la implantación de la infraestructura de evacuación en el término municipal de Carmona (Sevilla), y declaración en concreto de utilidad pública. (PP. 8569/2024).
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Número 99 - Jueves, 23 de mayo de 2024

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«En referencia al impacto ambiental y perjuicio sobre la salud se indica lo siguiente:
El promotor confirma que la infraestructura ha obtenido autorización ambiental unificada
(AAU) favorable en fecha 12 de abril de 2023 habiendo sido publicada en BOJA en fecha
19 de mayo de 2023, en la que se recoge todos los condicionantes relativos a medidas
preventivas, correctoras y compensatorias que cumple rigurosamente la infraestructura.»
Del mismo modo, en fecha 15 de diciembre de 2023, se han formulado alegaciones
por doña Elena López Medina y por don Antonio Javier Román Pérez, relativas a una
potencial afección de la infraestructura de evacuación a la parcela núm. 12 (polígono
13, parcela 73), según proyecto, en los términos que obran en el expediente. Remitido
el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta de fecha 24 de enero de
2024, la cual obra en el expediente, y expone:
- «Que la parcela polígono 13, parcela 73, objeto de esta alegación está afectada por
una superficie de servidumbre de vuelo de 13.331,47 m2 y una servidumbre permanente
de 88,36 m2 siendo la superficie total de la parcela 143.415 m2. Por tanto, el porcentaje
afectado es de 9,37% quedando el resto de la parcela libre. Que dicha parcela no está
afectada por otras líneas tal y como indica la propiedad y que, por tanto, no se impone
ninguna situación muy gravosa sobre la finca.»
- «En referencia al impacto ambiental y perjuicio sobre la salud se indica lo
siguiente: El promotor confirma que la infraestructura ha obtenido autorización
ambiental unificada (AAU) favorable, conforme al Decreto 356/2010, de 3 de agosto,
por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de
organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas
a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos
volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, en fecha 12 de abril de 2023 habiendo sido publicada
en BOJA en fecha 19 de mayo de 2023, en la que se recoge todos los condicionantes
relativos a medidas preventivas, correctoras y compensatorias que cumple rigurosamente
la infraestructura.»
Del mismo modo, en fecha 15 de diciembre de 2023, se han formulado alegaciones
por Finca Los Santos, S.A., relativas a una potencial afección de la infraestructura de
evacuación a la parcela núm. 44 (polígono 10, parcela 3), según proyecto, en los términos
que obran en el expediente. Remitido el escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe
respuesta de fecha 24 de enero de 2024, la cual obra en el expediente, y expone:
- «En referencia al paso de varias instalaciones por su parcela, el promotor confirma
que no hay efectos acumulativos sobre la salud en esta parcela con otras infraestructuras,
ya que el proyecto cumple con el el R.D. 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban
el Reglamento sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Instalaciones
Eléctricas de Alta Tensión y sus Instrucciones Técnicas.»
- «El promotor confirma el cumplimiento de la legislación vigente (R.D. 1066/2001),
así como de las recomendaciones europeas (Recomendación Consejo de la UE DOCE
de 13.7.1999 y la Recomendación ICNIRP 2010) y de los límites marcados en la DIA y se
aclara, adicionalmente, que se realizarán las mediciones oportunas una vez ejecutada la
instalación, para corroborar que, efectivamente, se cumplen.»
En relación a la alegación descrita en el párrafo anterior formulada por Finca Los
Santos, S.A., el peticionario remite escrito de aclaración de fecha 24 de abril de 2024, el
cual obra en el expediente, y expone:
- «Por otra parte, en lo que respecta a la solicitud de modificación del trazado por
los linderos y de supresión de apoyos y modificación de éstos no se ha justificado ni la
concurrencia de los requisitos del artículo 161.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, ni la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00301466

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