Autoridades y personal. . (2024/99-25)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre, por el sistema de concurso oposición, para el ingreso en la categoría profesional de Titulado/a de Grado Medio (OFIPI) de la Universidad de Jaén.
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Número 99 - Jueves, 23 de mayo de 2024

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méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa
para que se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de
Personal de la Universidad de Jaén.
Los méritos no justificados, en el plazo establecido al efecto y mediante el
procedimiento establecido no podrán ser valorados en la fase de concurso.
El tribunal calificador publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de
la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la
página web del Servicio de Personal, la relación que contenga la valoración provisional de
méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del siguiente al
de la publicación de dicha relación para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de
la fase de concurso y de la oposición.
La valoración máxima en la fase de concurso (40 puntos) se realizará con sujeción al
siguiente baremo:
a) Experiencia profesional (19 puntos):
1. Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en la misma escala/
categoría profesional objeto de la convocatoria en universidades públicas hasta el último
día del plazo de presentación de solicitudes: 0,0042 puntos por día de servicio.
2. Por servicios prestados como funcionario/a o personal laboral en la misma escala/
categoría profesional objeto de la convocatoria en otras administraciones públicas hasta
el último día del plazo de presentación de solicitudes: 0,0021 puntos por día de servicio.
b) Antigüedad (12,25 puntos):
Se computarán por días completos de servicio y hasta un máximo de 12,25 puntos
los servicios efectivos indistintamente prestados en cualquiera de las administraciones
públicas, a razón de 0,003 puntos por día de servicio.
c) Formación (8,75 puntos):
Por estar en posesión de una titulación universitaria de superior nivel a la exigida para
el acceso a la escala/categoría profesional objeto de la convocatoria: 8,75 puntos.
Por estar en posesión de una titulación no universitaria de superior nivel a la exigida
para el acceso a la escala/categoría profesional objeto de la convocatoria: 6,75 puntos.
Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el ministerio competente en
la materia como títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
De conformidad con el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la documentación
justificativa de los méritos alegados se justificará con aquellos documentos que estén
establecidos oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, etc.).
Los servicios prestados fuera de la Universidad de Jaén se acreditarán mediante
documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las
funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo
competente de la universidad o Administración pública correspondiente.
Para la valoración de los méritos alegados, el tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación
en el presente proceso de selección.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que en ningún caso podrán superar
los 40 puntos, se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de
establecer el orden definitivo de aspirantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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