3. Otras disposiciones. . (2024/98-45)
Resolución de 15 de mayo de 2024, de la Dirección General de Contratación, por la que se modifica la declaración de necesaria uniformidad de los servicios integrados para la seguridad interior en inmuebles de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024
página 45158/2
A NE XO
SERVICIOS DECLARADOS DE NECESARIA UNIFORMIDAD
Quedan declarados de necesaria uniformidad las siguientes modalidades de
contratación de servicios:
1. Servicios de vigilancia: Son servicios de tracto sucesivo previstos para
establecimientos que, careciendo de sistemas de seguridad, solo requieren ser protegidos
con vigilantes y, cuando proceda, demás profesionales de la seguridad privada, según
la actividad definida en el artículo 5.1.a) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad
Privada.
Comprende todas las situaciones en que este servicio puede prestarse: en día
laborable o festivo, diurna o nocturna, con arma o sin arma, escolta o con equipo
de radioscopia. Incluye el control de entrada de mercancías y control de acceso a
aparcamientos, así como las rondas de vigilancia.
2. Servicios de vigilancia, de mantenimiento de sistemas de seguridad y gestión de
alarmas (conexión a Central Receptora de Alarmas (CRA) + respuesta ante alarmas): Son
servicios destinados a proteger con vigilantes de seguridad aquellos establecimientos
que, disponiendo de sistemas de seguridad, van a ser mantenidos y conectados a una
CRA, según se define en el artículo 5.1. a), f) y g) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de
Seguridad Privada, respectivamente.
En cuanto a los servicios de mantenimiento se incluye tanto el preventivo como
correctivo.
3. Servicios de vigilancia y de mantenimiento de sistemas de seguridad: Son servicios
destinados a proteger con vigilantes de seguridad aquellos establecimientos con sistemas
de seguridad que deban ser mantenidos conforme a la definición contenida en el artículo
5.1. a) y f) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, respectivamente.
Quedan excluidos de la declaración la contratación de algunos de los servicios antes
referidos cuando se realice a través de algunos de los siguientes procedimientos de
contratación:
1. Contrato menor formalizado con respeto a los presupuestos y límites que establece
el artículo 118 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público.
2. Mediante el procedimiento de adjudicación de diálogo competitivo regulado en la
Subsección 5.ª de la Sección Segunda del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
3. Mediante el procedimiento de asociación para la innovación regulado en la Subsección
6.ª de la Sección Segunda del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Segundo. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de
su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00302108
Sevilla, 15 de mayo de 2024.- El Director General, Alejandro Torres Ridruejo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024
página 45158/2
A NE XO
SERVICIOS DECLARADOS DE NECESARIA UNIFORMIDAD
Quedan declarados de necesaria uniformidad las siguientes modalidades de
contratación de servicios:
1. Servicios de vigilancia: Son servicios de tracto sucesivo previstos para
establecimientos que, careciendo de sistemas de seguridad, solo requieren ser protegidos
con vigilantes y, cuando proceda, demás profesionales de la seguridad privada, según
la actividad definida en el artículo 5.1.a) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad
Privada.
Comprende todas las situaciones en que este servicio puede prestarse: en día
laborable o festivo, diurna o nocturna, con arma o sin arma, escolta o con equipo
de radioscopia. Incluye el control de entrada de mercancías y control de acceso a
aparcamientos, así como las rondas de vigilancia.
2. Servicios de vigilancia, de mantenimiento de sistemas de seguridad y gestión de
alarmas (conexión a Central Receptora de Alarmas (CRA) + respuesta ante alarmas): Son
servicios destinados a proteger con vigilantes de seguridad aquellos establecimientos
que, disponiendo de sistemas de seguridad, van a ser mantenidos y conectados a una
CRA, según se define en el artículo 5.1. a), f) y g) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de
Seguridad Privada, respectivamente.
En cuanto a los servicios de mantenimiento se incluye tanto el preventivo como
correctivo.
3. Servicios de vigilancia y de mantenimiento de sistemas de seguridad: Son servicios
destinados a proteger con vigilantes de seguridad aquellos establecimientos con sistemas
de seguridad que deban ser mantenidos conforme a la definición contenida en el artículo
5.1. a) y f) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, respectivamente.
Quedan excluidos de la declaración la contratación de algunos de los servicios antes
referidos cuando se realice a través de algunos de los siguientes procedimientos de
contratación:
1. Contrato menor formalizado con respeto a los presupuestos y límites que establece
el artículo 118 y concordantes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público.
2. Mediante el procedimiento de adjudicación de diálogo competitivo regulado en la
Subsección 5.ª de la Sección Segunda del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
3. Mediante el procedimiento de asociación para la innovación regulado en la Subsección
6.ª de la Sección Segunda del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la Ley 9/2017, de 8
de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Segundo. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de
su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00302108
Sevilla, 15 de mayo de 2024.- El Director General, Alejandro Torres Ridruejo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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