Disposiciones generales. . (2024/98-4)
Extracto de la Orden de 24 de abril de 2024, por la que se convocan para 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024
página 45187/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Extracto de la Orden de 24 de abril de 2024, por la que se convocan para 2024
las subvenciones previstas en la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para la financiación
de gastos corrientes.
Número de identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 756645.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia no competitiva,
subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.
Dichas subvenciones se concederán con cargo al crédito presupuestario consignado
en la la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para 2024: 2100010000 G/12A/48200/00 01.
Segundo. Beneficiarios.
Las entidades que pueden solicitar las subvenciones y los requisitos que deben reunir
son los establecidos en el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
El objeto de la presente subvención es contribuir a la financiación de los gastos
corrientes de las Organizaciones Sindicales legalmente constituidas que, tras las últimas
elecciones sindicales, tengan presencia en los ámbitos del personal laboral perteneciente
al convenio colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía en vigor y del Servicio
Andaluz de Salud, así como del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la
Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a organizaciones sindicales
para la financiación de gastos corrientes, aprobadas mediante Orden de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, de 11 de enero de 2023 (BOJA núm. 8,
de 13 de enero).
Sexto. Formularios y acceso a la plataforma de presentación.
Se aprueban y publican a efectos informativos a la presente convocatoria los
formularios de solicitud (Anexo I) y formulario de alegaciones, reformulación, aceptación
y presentación de documentos (Anexo II) que se utilizarán en la tramitación de esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302137
Quinto. Cuantías.
Esta línea de subvenciones está dotada con la cuantía que se indica a continuación
para la siguiente partida presupuestaria:
2100010000 G/12A/48200/00 01 500.000,00 €
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Miércoles, 22 de mayo de 2024
página 45187/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Extracto de la Orden de 24 de abril de 2024, por la que se convocan para 2024
las subvenciones previstas en la Orden de 11 de enero de 2023, por la que se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para la financiación
de gastos corrientes.
Número de identificación de la Base de Datos Nacional de Subvenciones: 756645.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2024, en régimen de concurrencia no competitiva,
subvenciones a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.
Dichas subvenciones se concederán con cargo al crédito presupuestario consignado
en la la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para 2024: 2100010000 G/12A/48200/00 01.
Segundo. Beneficiarios.
Las entidades que pueden solicitar las subvenciones y los requisitos que deben reunir
son los establecidos en el apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Tercero. Objeto.
El objeto de la presente subvención es contribuir a la financiación de los gastos
corrientes de las Organizaciones Sindicales legalmente constituidas que, tras las últimas
elecciones sindicales, tengan presencia en los ámbitos del personal laboral perteneciente
al convenio colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía en vigor y del Servicio
Andaluz de Salud, así como del personal vinculado administrativa o estatutariamente a la
Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a organizaciones sindicales
para la financiación de gastos corrientes, aprobadas mediante Orden de la Consejería de
Justicia, Administración Local y Función Pública, de 11 de enero de 2023 (BOJA núm. 8,
de 13 de enero).
Sexto. Formularios y acceso a la plataforma de presentación.
Se aprueban y publican a efectos informativos a la presente convocatoria los
formularios de solicitud (Anexo I) y formulario de alegaciones, reformulación, aceptación
y presentación de documentos (Anexo II) que se utilizarán en la tramitación de esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00302137
Quinto. Cuantías.
Esta línea de subvenciones está dotada con la cuantía que se indica a continuación
para la siguiente partida presupuestaria:
2100010000 G/12A/48200/00 01 500.000,00 €