Disposiciones generales. . (2024/97-5)
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024, el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Martes, 21 de mayo de 2024

página 45077/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2024, el Premio de Textos
Teatrales Miguel Romero Esteo para Jóvenes Autores y Autoras de Andalucía.

En su virtud, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de
los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante
Decreto 103/2011, de 19 de abril, modificado por Decreto 13/2023, de 7 de febrero,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00302027

La Orden de 7 de abril de 2022 (BOJA núm. 71, de 13 de abril), de la Consejería de Cultura
y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Turismo, Cultura y Deporte), establece las
bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión del Premio
de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía.
El Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, dispone en su artículo 1.1 que corresponde
a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la propuesta, desarrollo, ejecución,
coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación
con las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía a la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de turismo, cultura y deporte.
El Decreto 78/2023, de 4 de abril, por el que se modifica parcialmente el Decreto
159/2022, de 9 de agosto, establece en su artículo único apartado Ocho la modificación
del artículo 12 donde se establecen las competencias de la Dirección General de
Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural atribuyéndole
en su apartado 1.f) la competencia para «La planificación y la elaboración de programas
de fomento de la lectura y de la creación literaria y la promoción del libro».
La Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, en el ejercicio de sus políticas de
fomento y promoción en los diversos ámbitos de la cultura en Andalucía, es consciente
de la necesidad de incentivar la creación de textos teatrales por parte de las personas
jóvenes de Andalucía, considerando que la escritura dramática favorece el tejido
profesional de las artes escénicas, tanto en su vertiente interpretativa como en la relativa
a la producción de espectáculos, y contribuye al acceso de la ciudadanía a los bienes
culturales. Los textos teatrales reflejan los valores y características de la sociedad
andaluza, de un determinado momento histórico, y significan una oportunidad para
reflexionar sobre la situación actual de nuestra comunidad. Promover la creación teatral
significa también prestar atención a los distintos lenguajes contemporáneos. El teatro es
lugar de encuentro de ideas, de sentimientos, de personas de distintas generaciones y de
colectivos diferentes. Con anterioridad, el Centro Andaluz de Teatro realizó convocatorias
de premios de escritura dramática bajo el título «Premio Miguel Romero Esteo», editando
las obras ganadoras. El premio lleva el nombre del destacado autor teatral malagueño, de
dilatada y brillante trayectoria profesional, que tuvo especial sensibilidad con los nuevos
lenguajes contemporáneos.
Actualmente, la tramitación de la concesión del Premio se atribuye en su integridad
a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, agencia pública empresarial, que se
adscribe a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte a través de la Secretaría General
para la Cultura tal como se establece en el apartado Cuatro.4 del Artículo Único del
Decreto 78/2023, de 4 de abril, por el que se modifica el artículo 6 del Decreto 159/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte.