3. Otras disposiciones. . (2024/95-37)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024

página 44921/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al
órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3
de Málaga en el procedimiento abreviado 73/2024, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por doña Isabel María Bravo Fernández, contra la resolución
de 20.12.2023 de la Dirección Gerencia de la Agencia de Régimen Especial del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra
la relación de 17.10.2023 por la que se corrige y modifica la Resolución de 24.7.2023, por
la que se aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso
selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el
sistema de concurso de méritos, convocado por Resolución de 23.12.2022, de la citada
Agencia (BOJA núm. 203, de 23.10.2023), se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que
proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo
y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan
personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguientes a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.

RESU ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a doña Isabel
María Bravo Fernández al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de
Málaga.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301870

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y el
artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto
96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 de abril de 2011).