Autoridades y personal. . (2024/95-24)
Corrección de errores de la Resolución de 10 de abril de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de STOEM Logística.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024
página 44850/2
B) Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. La puntuación
máxima de esta fase será de 40 puntos. Tan sólo participarán en esta fase aquellas
personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes de participación en el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301799
Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en una prueba práctica o supuesto
práctico sobre las funciones a desempeñar, programa y/o conocimientos exigidos en el
bloque B (parte específica) que se relaciona en el Anexo II de la presente convocatoria,
que permita demostrar las competencias y habilidades de la persona candidata para el
desempeño del puesto.
El tribunal queda facultado para establecer el formato en que se desarrollará este
ejercicio práctico: tipo test, escrito, mediante el uso de equipo informático personal o
utilización de instrumentación científico técnica requerida para el desarrollo del puesto de
trabajo objeto de esta convocatoria.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 25 puntos, de modo que los/as opositores/as
que acierten o respondan adecuadamente el número máximo cuestiones válidamente
propuestas obtendrán una calificación de 25 puntos. Los/as opositores/as que aprueben
con la nota de corte (aquella obtenida por la última persona opositora considerada
apta según el criterio del tribunal) obtendrá una calificación de 12.5 puntos y el resto
de aprobados/as tendrá una calificación distribuida proporcionalmente entre ambas
calificaciones (una vez practicadas, en su caso, las correspondientes penalizaciones).
Si el tribunal decide que este segundo ejercicio se realice tipo test, la puntuación se
calculará de acuerdo con la fórmula establecida para el primer ejercicio.
El tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la
obtención de dichas calificaciones.
El tiempo máximo para la realización de ambos ejercicios será establecido
oportunamente por el tribunal.
Si alguno de los anteriores ejercicios, o parte de los mismos, consiste en un
cuestionario tipo test, una vez realizado el mismo y con anterioridad a su calificación,
el tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad
de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la página web
del Servicio de Personal, la plantilla de respuestas consideradas correctas que servirá
para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la plantilla provisional de respuestas, para formular las alegaciones a
la misma, así como al contenido del ejercicio planteado. Dichas alegaciones deberán
dirigirse, debidamente motivadas y documentadas, a la sede del tribunal.
La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se
hará pública, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones a las que no se
haga referencia alguna en la citada publicación.
Aprobada la plantilla definitiva, el tribunal procederá a la corrección del correspondiente
ejercicio. Publicadas las calificaciones de cada ejercicio, se abrirá un plazo de cinco días
hábiles para la realización de alegaciones a las mismas.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las eventuales
alegaciones formuladas son recurribles de forma independiente a la publicación de las
personas aprobadas.
Los/as opositores/as que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar el
ejercicio correspondiente, tendrán la consideración de no aptos/as a todos los efectos,
quedando eliminadas del proceso selectivo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 95 - Viernes, 17 de mayo de 2024
página 44850/2
B) Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. La puntuación
máxima de esta fase será de 40 puntos. Tan sólo participarán en esta fase aquellas
personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes de participación en el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301799
Segundo ejercicio: De carácter práctico, consistirá en una prueba práctica o supuesto
práctico sobre las funciones a desempeñar, programa y/o conocimientos exigidos en el
bloque B (parte específica) que se relaciona en el Anexo II de la presente convocatoria,
que permita demostrar las competencias y habilidades de la persona candidata para el
desempeño del puesto.
El tribunal queda facultado para establecer el formato en que se desarrollará este
ejercicio práctico: tipo test, escrito, mediante el uso de equipo informático personal o
utilización de instrumentación científico técnica requerida para el desarrollo del puesto de
trabajo objeto de esta convocatoria.
El ejercicio se calificará sobre un máximo de 25 puntos, de modo que los/as opositores/as
que acierten o respondan adecuadamente el número máximo cuestiones válidamente
propuestas obtendrán una calificación de 25 puntos. Los/as opositores/as que aprueben
con la nota de corte (aquella obtenida por la última persona opositora considerada
apta según el criterio del tribunal) obtendrá una calificación de 12.5 puntos y el resto
de aprobados/as tendrá una calificación distribuida proporcionalmente entre ambas
calificaciones (una vez practicadas, en su caso, las correspondientes penalizaciones).
Si el tribunal decide que este segundo ejercicio se realice tipo test, la puntuación se
calculará de acuerdo con la fórmula establecida para el primer ejercicio.
El tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la
obtención de dichas calificaciones.
El tiempo máximo para la realización de ambos ejercicios será establecido
oportunamente por el tribunal.
Si alguno de los anteriores ejercicios, o parte de los mismos, consiste en un
cuestionario tipo test, una vez realizado el mismo y con anterioridad a su calificación,
el tribunal publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad
de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y a título informativo, en la página web
del Servicio de Personal, la plantilla de respuestas consideradas correctas que servirá
para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes
dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la plantilla provisional de respuestas, para formular las alegaciones a
la misma, así como al contenido del ejercicio planteado. Dichas alegaciones deberán
dirigirse, debidamente motivadas y documentadas, a la sede del tribunal.
La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del tribunal se
hará pública, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones a las que no se
haga referencia alguna en la citada publicación.
Aprobada la plantilla definitiva, el tribunal procederá a la corrección del correspondiente
ejercicio. Publicadas las calificaciones de cada ejercicio, se abrirá un plazo de cinco días
hábiles para la realización de alegaciones a las mismas.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las eventuales
alegaciones formuladas son recurribles de forma independiente a la publicación de las
personas aprobadas.
Los/as opositores/as que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar el
ejercicio correspondiente, tendrán la consideración de no aptos/as a todos los efectos,
quedando eliminadas del proceso selectivo.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.