3. Otras disposiciones. . (2024/94-53)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se anuncia la publicación de las Resoluciones emitidas por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA) de 26 de marzo de 2024, relativas a las solicitudes de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024

página 44835/2

reserva nacional 2023, comenzando con el titular con NIF 08903972M y finalizando con
el titular con NIF Y7569601Q , siendo un total de 376 personas beneficiarias.
En todo caso, la asignación queda condicionada al cumplimiento, por parte de
las personas beneficiarias, de los compromisos adquiridos al presentar la solicitud de
derechos de ayuda básica a la renta de la reserva nacional, así como de los compromisos
de acceso a la ayuda de primera instalación en el ámbito de un programa de desarrollo
rural, para los solicitantes de reserva nacional que acrediten por esa vía los requisitos de
formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.
- Resolución de 27 de marzo de 2024, del Fondo Español de Garantía Agraria
O.A., por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de ayuda básica
a la renta para la sostenibilidad de la reserva nacional correspondiente a la campaña
2023. Constando de Anexo II que contiene el listado de las personas que presentaron
su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que no
cumplen las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación o que
el cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva nacional. Para
cada solicitante, se indica el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada,
así como el/los códigos de incidencias que afectan a su solicitud, comenzando con el
titular con NIF 08903940L y finalizando con el titular con NIF X9875754Z, siendo un total
de 252 solicitantes relacionados.
- Anexo III, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a ambas
resoluciones.
- Anexo IV, relación de códigos y literales de las incidencias asociadas a la resolución
denegatoria.
La resolución y la información que contiene, podrá consultarse a partir del día
siguiente de su publicación en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural y en el Registro de Procedimientos y Servicios de la Consejería
de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, en las direcciones electrónicas:
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/
politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/derechos-ayuda-basica-renta-2023.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/7229/seguimiento.html
Dicha publicación sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme
se establece en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo. Recursos.
Contra las citadas resoluciones emitidas por el FEGA, que no ponen fin a la vía
administrativa, y en la que se sustituye la notificación por la publicación, se podrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes que contará a partir del día siguiente
al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía en https://www.sede.fega.gob.es/. El recurso de alzada se dirigirá al Ministro
de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Tercero. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00301784

Sevilla, 8 de mayo de 2024.- La Directora General, Raquel María Espín Crespo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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