3. Otras disposiciones. . (2024/94-50)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud, por la que se declaran las oficinas de farmacia a las que se aplicará en 2024 el índice corrector, previsto en el artículo 2.8 del Real Decreto 823/2008, de 16 de mayo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024

página 44868/6

ANEXO II
OFICINAS DE FARMACIA EN LAS QUE NO CONCURREN ALGUNO DE LOS
REQUISITOS EXIGIDOS EN EL ARTÍCULO 2.8 DEL REAL DECRETO 823/2008 Y/O
LA INSTRUCCIÓN SEGUNDA DE LA ORDEN DE 30 DE MARZO DE 2015
GRANADA
Número de
identificación
de Centro
Autorizado
(NICA)

Apellidos y nombre del solicitante

Municipio de
la oficina de
farmacia

22718

ROMERO SÁNCHEZ ENCARNACIÓN
MARÍA

MURTAS

45579

CHICA LOZANO, CLARA ISABEL

POLÍCAR

22880

VISERAS IBORRA, MARÍA TERESA
IBORRA TERRIZA, CONCEPCIÓN

GRANADA

Motivos por los que se deniegan las
solicitudes
4. NO CUMPLE REQUISITO DEL
PUNTO B) DE LA INSTRUCCIÓN 2.ª
DE LA ORDEN.
4. NO CUMPLE REQUISITO DEL
PUNTO B) DE LA INSTRUCCIÓN 2.ª
DE LA ORDEN.
8. LA POBLACIÓN DEL NÚCLEO
DONDE SE ENCUENTRA SUPERA
LOS 1.500 HABITANTES

Motivos por los que se deniegan las solicitudes:

00301818

1. Solicitud fuera de plazo.
2. Formulario de solicitud no presentado o mal cumplimentado.
3. No cumple requisito punto a) de la instrucción segunda de la orden.
4. No cumple requisito del punto b) de la instrucción segunda de la orden.
5. No cumple requisito del punto c) de la instrucción segunda de la orden.
6. Ventas en 2023, cuyo cálculo anual supera 235.000 €.
7. No aporta datos económicos suficientes para determinar ventas anuales.
8. La población del núcleo donde se encuentra supera los 1.500 habitantes.
9. Otros motivos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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