Disposiciones generales. . (2024/94-2)
Orden de 13 de mayo de 2024, por la que se modifica la Orden de 23 de febrero de 2023, por la que se actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024
página 44900/2
La presente modificación de la orden se ha elaborado dando cumplimiento a los
principios de buena regulación previstos en los artículos 129 de la citada Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
En este sentido, atendiendo a la justificación y objetivos de la norma definidos en este
preámbulo, la orden se adecúa a los principios de necesidad y eficacia. Asimismo, se adecúa
al principio de proporcionalidad y eficiencia, ya que contiene la regulación imprescindible para
atender la necesidad a cubrir, sin incluir cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Igualmente, responde al principio de seguridad jurídica, puesto que esta orden se dicta
en coherencia con el ordenamiento jurídico autonómico, con respeto del ordenamiento
nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable, predecible,
integrado, claro y de certidumbre.
Por último, en relación con el principio de transparencia, la orden ha sido objeto
del trámite de consulta pública y sometida, durante el procedimiento de elaboración,
a los trámites de audiencia e información pública, posibilitando de esta manera la
participación tanto de las organizaciones y entidades implicadas como de la ciudadanía,
permitiéndose por lo demás el acceso a los documentos del proceso de elaboración de
esta orden, en los términos establecidos en el artículo 13.1.c) de la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía mediante su publicación en la sección de
transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.
En su virtud, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.14 y 62.15 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y en uso de las atribuciones conferidas por la
normativa vigente, a propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y
Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden de 23 de febrero de 2023, por la que se
actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos
que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en
centros sanitarios.
1. Se suprime del cuadro final, relativo a Consultas, del anexo de la Orden de 23 de
febrero de 2023, el concepto «Consulta Médica de Atención Primaria».
CONSULTAS (*)
Primera Consulta
Consulta Sucesivas
Consulta Alta Resolución
TARIFA MÁXIMA
150,00 €
90,00 €
215,00 €
(*) Estas tarifas máximas se corresponde con consultas realizadas en las instalaciones de las empresas
adjudicatarias, en caso de no realizarse la prestación del servicio en dichas instalaciones la tarifa máxima se
verá reducida al 35%.
2. Se suprime la disposición adicional segunda de la Orden de 23 de febrero de 2023.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301850
Sevilla, 13 de mayo de 2024
BOJA
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024
página 44900/2
La presente modificación de la orden se ha elaborado dando cumplimiento a los
principios de buena regulación previstos en los artículos 129 de la citada Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y 7 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica,
simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
En este sentido, atendiendo a la justificación y objetivos de la norma definidos en este
preámbulo, la orden se adecúa a los principios de necesidad y eficacia. Asimismo, se adecúa
al principio de proporcionalidad y eficiencia, ya que contiene la regulación imprescindible para
atender la necesidad a cubrir, sin incluir cargas administrativas innecesarias o accesorias.
Igualmente, responde al principio de seguridad jurídica, puesto que esta orden se dicta
en coherencia con el ordenamiento jurídico autonómico, con respeto del ordenamiento
nacional y de la Unión Europea, generando un marco normativo estable, predecible,
integrado, claro y de certidumbre.
Por último, en relación con el principio de transparencia, la orden ha sido objeto
del trámite de consulta pública y sometida, durante el procedimiento de elaboración,
a los trámites de audiencia e información pública, posibilitando de esta manera la
participación tanto de las organizaciones y entidades implicadas como de la ciudadanía,
permitiéndose por lo demás el acceso a los documentos del proceso de elaboración de
esta orden, en los términos establecidos en el artículo 13.1.c) de la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía mediante su publicación en la sección de
transparencia del Portal de la Junta de Andalucía.
En su virtud, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.14 y 62.15 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y en uso de las atribuciones conferidas por la
normativa vigente, a propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y
Resultados en Salud del Servicio Andaluz de Salud,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la Orden de 23 de febrero de 2023, por la que se
actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos
que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en
centros sanitarios.
1. Se suprime del cuadro final, relativo a Consultas, del anexo de la Orden de 23 de
febrero de 2023, el concepto «Consulta Médica de Atención Primaria».
CONSULTAS (*)
Primera Consulta
Consulta Sucesivas
Consulta Alta Resolución
TARIFA MÁXIMA
150,00 €
90,00 €
215,00 €
(*) Estas tarifas máximas se corresponde con consultas realizadas en las instalaciones de las empresas
adjudicatarias, en caso de no realizarse la prestación del servicio en dichas instalaciones la tarifa máxima se
verá reducida al 35%.
2. Se suprime la disposición adicional segunda de la Orden de 23 de febrero de 2023.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00301850
Sevilla, 13 de mayo de 2024