Disposiciones generales. . (2024/94-3)
Orden de 10 de mayo de 2024, por la que se da publicidad al incremento del crédito disponible en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 94 - Jueves, 16 de mayo de 2024

página 44819/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 10 de mayo de 2024, por la que se da publicidad al incremento del
crédito disponible en la Orden de 18 de diciembre de 2023, por la que se
convocan para el año 2024 las ayudas destinadas a inversiones productivas en
la acuicultura marina y continental en Andalucía y a la creación de empresas
acuícolas sostenibles, previstas en la orden que se cita.
Mediante Orden de 18 de diciembre de 2023, se convocan para el año 2024, las ayudas
destinadas a inversiones productivas en la acuicultura marina y continental en Andalucía
y a la creación de empresas acuícolas sostenibles, previstas en la Orden de 13 de julio
de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas,
en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la acuicultura
marina y continental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 y que
cuenta con el siguiente crédito máximo disponible:
a) Convocatoria única de ayudas para la creación de empresas acuícolas sostenibles
por parte de nuevos acuicultores:
Cuantía máxima (€)
2024
200.000

Partida presupuestaria
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023001236

b) Primera convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura
marina y continental en Andalucía:
Partida presupuestaria
1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023000723

2024
600.000

Cuantía máxima (€)
2025
1.500.000

2026
800.000

c) Segunda convocatoria de ayudas para inversiones productivas en la acuicultura
marina y continental en Andalucía:

1400120000 G/71P/77300/00 G4210202A6 2023000723

2024
300.000

Cuantía máxima (€)
2025
2026
1.500.000
1.200.000

En el punto 3 de la citada orden de convocatoria se recoge que, además del crédito
máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente se podrá contar con una
cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá una nueva convocatoria,
que podrá incorporarse a la cuantía máxima indicada, con anterioridad a que se dicte
la resolución de concesión, como consecuencia de un aumento de crédito disponible
derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Reglamento del Procedimiento de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por
Decreto 282/2010, de 4 de mayo. En este mismo sentido se pronuncia el artículo 58.5 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado
por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Una vez publicada la orden de convocatoria se ha comprobado que existe saldo
suficiente para poder aumentar el crédito disponible en la cuantía que se señala:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301769

Partida presupuestaria