Autoridades y personal. . (2024/93-23)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación, próximo a quedar vacante.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Miércoles, 15 de mayo de 2024

página 44729/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General del Instituto Andaluz
de la Juventud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto
de trabajo de libre designación, próximo a quedar vacante.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, de la Función Pública de Andalucía y en el Capítulo V del Título III del Reglamento
General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, esta Dirección General, en virtud de las
competencias que tiene atribuidas por dicho decreto, anuncia convocatoria para la
provisión del puesto de trabajo de libre designación que se detalla en el anexo con
sujeción a las siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se
detalla en el anexo de la presente resolución, próximo a quedar vacante.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se
acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Tercera.
1. Las solicitudes deberán dirigirse a la Dirección General del Instituto Andaluz de la
Juventud y se presentarán dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Administración
de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o en los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a
que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
2. En la instancia de solicitud figurarán los datos personales del solicitante, el número de
registro de personal, el puesto que se solicita, el cuerpo de pertenencia y el grado personal
consolidado, acompañando hoja de acreditación de datos o «curriculum vitae», donde
se harán constar títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros
méritos se relacionen con el contenido del puesto solicitado. Los méritos alegados deberán
ser justificados con la hoja de acreditación de datos y la documentación, o fotocopias
debidamente compulsadas, de los que no consten en el Registro General de Personal.

Quinta. La toma de posesión se efectuará en los plazos establecidos en los
artículos 51 y 65 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, antes citado, tramitándose su
inscripción ante el Registro General de Personal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301679

Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para la persona peticionaria, y los destinos adjudicados
serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se
hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.