3. Otras disposiciones. . (2024/93-37)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se acuerda la redistribución de las disponibilidades financieras del Programa Garantía Vivienda Joven asignadas por Resolución de 27 de julio de 2023, entre las diferentes entidades financieras colaboradoras interesadas.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 93 - Miércoles, 15 de mayo de 2024

página 44723/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Vivienda,
por la que se acuerda la redistribución de las disponibilidades financieras del
Programa Garantía Vivienda Joven asignadas por Resolución de 27 de julio de
2023, entre las diferentes entidades financieras colaboradoras interesadas.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante el Decreto-ley 4/2023, de 16 de mayo (BOJA núm. 94, de 19 de
mayo), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de garantías por la Junta
de Andalucía a personas físicas mayores de edad hasta 35 años incluidos con objeto
de financiar la adquisición de su primera vivienda habitual, y se efectúa convocatoria
para que las entidades financieras que pretendan adherirse al programa como entidad
colaboradora puedan presentar las solicitudes para la suscripción del correspondiente
convenio de colaboración.
La disponibilidad financiera prevista para atender a la financiación de las garantías a
conceder en este programa asciende a veinte millones de euros (20.000.000 de €).
Segundo. Con fecha 27 de julio de 2023, por Resolución de la Secretaría General
de Vivienda, de conformidad con la base reguladora sexta apartado 8, se distribuyó la
disponibilidad financiera del Programa Garantía Vivienda Joven de forma proporcional
al número de oficinas que tienen en Andalucía entre las ocho entidades financieras que
solicitaron su participación en el Programa de Garantía Vivienda Joven y suscribieron los
correspondientes convenios de colaboración.
Tercero. En cumplimento de lo establecido en la estipulación decimotercera de los
citados convenios, se han celebrado las diferentes comisiones de seguimiento con cada
una de las ocho entidades financieras entre los días 20 y 25 de marzo de 2024, a fin de
asegurar la máxima eficacia en la consecución de los fines que justifican la firma de los
mismos. A los efectos, se propuso a todas ellas el mismo calendario de cumplimiento
de objetivos, que ha sido aprobado, sin excepción, en todas las comisiones por mayoría
de los intervinientes. Además se les concedió un plazo de 15 días, contados a partir de
las fechas de notificación de las actas de dichas comisiones, para que se pronunciaran
sobre la posibilidad de asumir más crédito para la ejecución del Programa en caso de una
posible redistribución del mismo, o bien para que renunciaran a la totalidad o parte del
crédito no consumido, en el supuesto de que consideren que no pueden cumplir el referido
calendario. De la contestaciones de todas ellas han resultado las siguientes cantidades:
Crédito asignado
inicialmente

Crédito consumido
a 21/04/2024

Solicitud disminución
de crédito

Solicitud aumento
de crédito

001-CAJA RURAL DE GRANADA, S.C.C.

1.473.857,55 €

1.473.857,55 €

0,00 €

500.000,00 €

002-CAJASUR BANCO, S.A.

2.140.798,68 €

1.052.407,23 €

0,00 €

0,00 €

003-CAIXABANK, S.A.

6.323.589,96 €

743.728,48 €

2.529.435,98 €

0,00 €

004-UNICAJA BANCO, S.A.

3.087.690,41 €

1.996.769,69 €

0,00 €

0,00 €

005-IBERCAJA BANCO, S.A.

222.313,71 €

98.862,20 €

0,00 €

0,00 €

006-CAJA RURAL DEL SUR, S.C.C.

2.552.490,74 €

2.552.490,74 €

0,00 €

2.500.000,00 €

007-CAJAMAR CAJA RURAL, S.C.C.

1.893.783,45 €

1.317.075,14 €

0,00 €

2.000.000,00 €

008-BANCO SANTANDER, S.A.
Total resultado

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

2.305.475,50 €

167.583,64 €

1.729.089,50 €

0,00 €

20.000.000,00 €

9.402.774,67 €

4.258.525,48 €

5.000.000,00 €

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301673

Entidad financiera