3. Otras disposiciones. . (2024/93-41)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Universidad de Almería, por la que se publica el extracto de la «Resolución del Vicerrectorado de Postgrado y Relaciones Institucionales, por la que se convocan Ayudas para Estudios de Formación Continua para el curso 2023-2024».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Miércoles, 15 de mayo de 2024

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3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Universidad de Almería, por la que
se publica el extracto de la «Resolución del Vicerrectorado de Postgrado y
Relaciones Institucionales, por la que se convocan Ayudas para Estudios de
Formación Continua para el curso 2023-2024».
BDNS (Identif.): 759261.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio).
Primero. Beneficiarios.
Podrán participar en esta convocatoria los estudiantes que van a realizar o han
realizado alguna actividad ofertada por el Centro de Postgrado y Formación Continua de la
Universidad de Almería durante el curso académico 2023-24 y que cumplan los requisitos
económicos establecidos en el Capítulo III de la convocatoria. Tendrán la consideración
de actividades de Formación Continua correspondientes al curso académico 2023-24,
aquellas cuyo plazo oficial de matrícula finalice con posterioridad a 31 de mayo de 2023 y
con anterioridad a 1 de junio de 2024.

Tercero. Modalidad y cuantía.
Consistirá en una ayuda por los gastos generados como consecuencia del pago de
los precios públicos de alguna de las actividades ofertadas por el Centro de Postgrado y
Formación Continua de la Universidad de Almería, objeto de esta convocatoria.
La ayuda concedida no será inferior a un 30% del importe de los precios públicos
abonados por el estudiante, y no superará el 50% de dicho importe.
El importe total de ayudas de esta convocatoria no podrá exceder la cantidad que se
destine para cada convocatoria.
Las ayudas estarán sujetas a retención de IRPF.
En el caso de que el importe máximo de las ayudas a conceder supere la dotación
presupuestaria destinada a tal fin, la Comisión de Selección podrá reducir el porcentaje
de cobertura de los precios públicos abonados por el estudiante, para asegurar la
concesión de ayuda a todos los solicitantes que cumplen los requisitos establecidos en la
convocatoria, dentro de las limitaciones presupuestarias existentes, y respetando en todo
caso el mínimo de cobertura previsto.
Una vez distribuidas las ayudas contempladas en la convocatoria entre todos
aquellos solicitantes que cumplan los requisitos exigidos, en el supuesto de no haber
aplicado la totalidad del crédito presupuestario disponible, la comisión de selección podrá
acordar incrementar el porcentaje de ayuda concedido de forma lineal entre todos los
adjudicatarios, hasta agotar el presupuesto disponible.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301690

Segundo. Objeto.
La presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, tiene por objeto
compensar las condiciones socioeconómicas desfavorables de aquellos estudiantes
que cursen o hayan cursado alguna actividad ofertada por el Centro de Postgrado y
Formación Continua de la Universidad de Almería, de las contempladas en la presente
convocatoria. Todo ello dentro de los créditos disponibles por el Vicerrectorado de
Postgrado y Relaciones Institucionales para tal fin.