Disposiciones generales. . (2024/93-1)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General de Interior, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones reguladas en la Orden de 26 de febrero de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la tauromaquia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Miércoles, 15 de mayo de 2024

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no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la
Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la
tauromaquia (BOJA núm. 47, de 7 de marzo de 2024).
2. Las subvenciones reguladas en la citada orden se someterán a los procedimientos
de control interno de la Intervención General de la Junta de Andalucía que les son
de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo II del Título V del Texto
Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en relación
con lo dispuesto en el Decreto-ley 1/2020, de 10 de febrero, para el impulso del proceso
de justificación, comprobación, adecuación de la información contable y reintegro de los
libramientos con justificación posterior.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.2 de la Ley 12/2023, de 26 de
diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024,
durante el presente ejercicio presupuestario, en orden al cumplimiento de la normativa
reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, el
órgano competente para conceder la ayudas, en cumplimiento de la normativa reguladora
de las subvenciones, podrá dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido objeto
de resolución de concesión, así como suspender o no realizar las convocatorias futuras.
Segundo. Convocatoria y solicitud.
1. Se convocan para el ejercicio económico 2024, la línea de subvención previstas las
subvenciones reguladas en la Orden de 26 de febrero de 2024, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
no competitiva, a municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía adheridos a la
Red de Municipios Taurinos de Andalucía para actuaciones de promoción y fomento de la
tauromaquia. La convocatoria se publicará en el Catálogo de Procedimientos y Servicios
de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto. Lugar y medios de presentación de solicitudes.
La solicitud, que estará compuesta por un único ejemplar del Anexo I, podrá
cumplimentarse a través del acceso establecido al efecto en el Portal de la Junta de
Andalucía, en la dirección
https://juntadeandalucia.es/organismos/presidenciainteriordialogosocialysimplificacionadministrativa/
servicios/procedimientos/detalle/25490.html
pudiéndose presentar en los lugares y registros referidos en el apartado 10.c) del cuadro
resumen de las bases reguladoras.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301686

Tercero. Formularios.
Se aprueban los formularios que se indican y que constan como Anexos a la presente
convocatoria, a los que deberán ajustarse las solicitudes presentadas y, en su caso, los
trámites de presentación de alegaciones, aceptación, reformulación y aportación de
documentación, regulados en el artículo 17 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por
la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración
de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
no competitiva, parte integrante de las bases reguladoras aprobadas por Orden de 26 de
febrero de 2024, según su artículo único. 2:
- Formulario de solicitud (Anexo I).
- Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).