3. Otras disposiciones. . (2024/93-40)
Acuerdo de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por el que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados de los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 10 de julio de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre (BOJA núm. 91, de 3 de agosto de 2002) (Convocatoria 2005).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Miércoles, 15 de mayo de 2024

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Cuarto. De conformidad con lo establecido en la disposición final tercera de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la presente subvención le es de aplicación la
citada norma. En cuanto al procedimiento también es de aplicación supletoria la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
según se desprende de su disposición transitoria tercera.
Quinto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del
beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión.
Sexto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Séptimo. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo, como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente,
esta Dirección General
ACUERDA
Primero. Iniciar el procedimiento para declarar la prescripción del derecho al
reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de los compromisos de gasto
detallados en el Anexo I, y relativas a los expedientes de subvención tramitados al amparo
de la Orden de 10 de julio de 2002, por la que se establecen las bases reguladoras
de la concesión de ayudas para la prevención y lucha contra los incendios forestales
previstas en el Decreto 280/2001, de 26 de diciembre (BOJA núm. 91, de 3 de agosto
de 2002, convocatoria 2005), al haber transcurrido el plazo estipulado en el artículo 30
del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y
como consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la Junta de Andalucía los citados
documentos contables.
Segundo. Conceder a los interesados un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo, para que aleguen o presenten
los documentos y justificaciones que estimen pertinentes de conformidad con lo previsto
en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

00301729

Sevilla, 3 de mayo de 2024.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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