3. Otras disposiciones. . (2024/92-34)
Orden de 8 de mayo de 2024, por la que se establece la política de seguridad interior y seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación y de sus entidades adscritas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Martes, 14 de mayo de 2024

página 44639/22

Artículo 45. Encargados del tratamiento de datos personales.
1. De conformidad con el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 cuando se vayan a tratar datos personales
por cuenta de un responsable, este elegirá únicamente un encargado que ofrezca
garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiadas, de
manera que el tratamiento garantice la protección de los derechos del interesado. El
tratamiento por el encargado se regirá por un contrato u otro acto jurídico que vincule
al encargado respecto del responsable y establezca el objeto, la duración, la naturaleza
y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y
las obligaciones y derechos del responsable. Dicho contrato o acto jurídico constará por
escrito, inclusive en formato electrónico.
2. Las principales funciones y responsabilidades, dentro de su ámbito de actuación,
son las establecidas en el artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 y demás normativa de aplicación.
3. El encargado del tratamiento, y cualquier persona que actúe bajo la autoridad
de la persona responsable o encargada del tratamiento, y que tenga acceso a datos
personales, solo podrán tratar dichos datos siguiendo instrucciones documentadas del
responsable, a no ser que estén obligados a ello en virtud de normativa aplicable.
Disposición adicional única. Constitución del Comité de Seguridad Interior y
Seguridad TIC.
La primera reunión del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC tendrá por
objeto la constitución del mismo y se celebrará en un plazo máximo de un mes a partir de
la entrada en vigor de la presente orden.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan
a lo establecido en la presente orden y en particular la Orden de 12 de julio de 2019,
por la que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y
comunicaciones en el ámbito de la Consejería y de sus entidades adscritas, en lo que
afecte al ámbito de esta Consejería.
Disposición final primera. Habilitación para ejecución.
Se habilita a la persona titular de Secretaría General Técnica para dictar cuantas
actuaciones sean necesarias para la ejecución de lo establecido en la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de mayo de 2024
JOSÉ CARLOS GÓMEZ VILLAMANDOS

00301588

Consejero de Universidad, Investigación e Innovación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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