3. Otras disposiciones. . (2024/92-36)
Orden de 6 de mayo de 2024, para la integración en el Sistema Archivístico de Andalucía del Archivo Histórico de la Archicofradía de los Dolores de San Juan, del que es titular la Muy Antigua, Venerable y Pontificia Archicofradía Sacramental de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Redención y Nuestra Señora de los Dolores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Martes, 14 de mayo de 2024

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a) Las dependencias que albergan el archivo son idóneas para garantizar la
preservación de los documentos que conforman los fondos documentales, y disponen de
unas instalaciones y un horario que permiten el acceso y servicio al público.
b) El personal con que cuenta el Archivo tiene formación profesional adecuada y
específica que garantiza el cumplimiento de sus funciones reglamentarias.
c) El fondo documental contribuye al acrecentamiento y enriquecimiento del
Patrimonio Documental de Andalucía, por la singularidad e importancia de los fondos que
lo constituyen.
d) La documentación ha recibido un tratamiento archivístico adecuado, constatándose
la existencia de trabajos de organización y descripción, así como de difusión de los
instrumentos de descripción resultantes de dichos trabajos.
e) Los servicios del Archivo disponen de un horario de apertura al público que facilita
la consulta de los fondos a la comunidad investigadora y a la ciudadanía en general.
Sexto. Las personas titulares de los archivos del Sistema Archivístico de Andalucía,
conforme a las consideraciones enunciadas en el artículo 36.1 de la Ley 7/2011, de 3 de
noviembre, se encuentran sujetas al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Organizar, conservar, custodiar y servir los documentos de sus archivos, de
acuerdo con sus competencias y con lo establecido en la presente ley y en sus normas
de desarrollo.
b) Velar por la adecuada instalación y funcionamiento de los mismos, así como por la
dotación de medios humanos y materiales para el ejercicio de sus funciones.
c) Velar por el cumplimiento de los requisitos técnicos que se establezcan en la
presente ley y en las normas que la desarrollen, y en especial deberán:
1.º Aplicar las funciones de gestión documental, de acuerdo con lo previsto en esta
ley y con las normas técnicas básicas que pueda fijar la consejería.
2.º Aplicar a todos los documentos las normas de valoración emanadas de la
Comisión Andaluza de Valoración y Acceso a los Documentos.
d) Garantizar la aplicación de las normas de acceso a los lugares de consulta que se
establezcan como desarrollo de la presente ley, así como la publicidad de las mismas.
Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Patrimonio Documental
y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, de conformidad con las disposiciones
citadas, en uso de las facultades conferidas por el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 7.1 de la Orden
de 16 de junio de 2004, antes citada
RESU ELVO

Segundo. La publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00301597

Primero. La integración del Archivo Histórico de la Archicofradía de los Dolores de
San Juan, titularidad de la Muy Antigua, Venerable y Pontificia Archicofradía Sacramental
de Nazarenos del Santísimo Cristo de la Redención y Nuestra Señora de los Dolores, en
el Sistema Archivístico de Andalucía.