5. Anuncios. . (2024/92-72)
Anuncio de 6 de mayo de 2024, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución parcial de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Martes, 14 de mayo de 2024

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Anuncio de 6 de mayo de 2024, de la Agencia de Servicios Sociales y
Dependencia de Andalucía, por el que se da publicidad a la Resolución parcial
de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Protección Social y Barriadas
de Actuación Preferente, relativa al pago del Bono Social Térmico.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 13 de julio de 2023,
por la que se regula la concesión, gestión y pago del bono social térmico en Andalucía,
se comunica que con fecha 29 de abril de 2024 se ha firmado la resolución parcial de
la Dirección General de Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente, relativa
al pago del bono social térmico correspondiente al ejercicio 2023, que se acompaña al
presente anuncio.
Esta resolución aprueba el anexo correspondiente a la relación de personas titulares
del Bono Social Térmico del ejercicio 2023, que han confirmado, modificado o completado
los datos necesarios para el pago, con indicación de la cuantía a percibir por cada una
de ellas, e insta a la Dirección-Gerencia de la Agencia a la realización de las actuaciones
relativas al pago y a la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, conforme establece el artículo 10 de la citada orden.
El citado anexo podrá ser objeto de consulta en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/
Sevilla, 6 de mayo de 2024.- El Director-Gerente, José Luis Prieto Rivera.
RESOLUCIÓN PARCIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN SOCIAL
Y BARRIADAS DE ACTUACIÓN PREFERENTE, RELATIVA AL PAGO DEL BONO
SOCIAL TÉRMICO DE 2023
En virtud del artículo 10 de la Orden de 13 de julio de 2023, por la que se regula
la concesión, gestión y pago del Bono Social Térmico en Andalucía, atendiendo a la
pluralidad de personas interesadas en el procedimiento y con objeto de agilizar el pago,
resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho,

Primero. Con fecha 11 de marzo de 2024, la persona titular de la Dirección General de
Protección Social y Barriadas de Actuación Preferente acordó el inicio del procedimiento
relativo al pago del Bono Social Térmico correspondiente al ejercicio 2023, informándose
del procedimiento a seguir para formalizar el pago, con la indicación expresa del derecho
que asiste a las personas titulares del bono a renunciar a la ayuda y con un anexo en
el que se incluía la relación de las mismas y la cuantía a percibir. Dicho acuerdo fue
publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 54, de 18 de marzo de
2023, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden de 13 de julio de 2023,
por la que se regula la concesión, gestión y pago del Bono Social Térmico en Andalucía.
Segundo. Realizadas las comunicaciones establecidas en apartado 2 del artículo 7
de la citada Orden de 13 de julio de 2023, y dentro del transcurso del plazo máximo de
tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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ANTECEDENTES DE HECHO