3. Otras disposiciones. . (2024/90-34)
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis de la ciudad de Córdoba. (PP. 8285/2024).
4 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 90 - Viernes, 10 de mayo de 2024
página 42371/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis de la ciudad de Córdoba. (PP.
8285/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Jefe del Servicio de
Relaciones con la Corporaciones Locales, con fecha 15 de marzo de 2024, y en virtud
de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el
que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de
ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de
9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis de la ciudad de Córdoba que a continuación
se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
TARIFA 1
CONCEPTO TARIFARIO
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
POR CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
Equivalente a: 3 km + bajada de bandera
(3 km x 0,8527 € más bajada de bandera 1,5875 €)
EUROS (IVA INCLUIDO)
1,75
0,94
24,02
4,56
Calendario de aplicación de la «Tarifa núm. 1» para el año 2024.
- Días laborables desde las 06:00 h hasta las 21:00 horas.
TARIFA 2
EUROS (IVA INCLUIDO)
2,14
1,19
30,29
5,70
Calendario de aplicación de la «Tarifa núm. 2» para el año 2024.
- Sábados, domingos y días festivos de 00:00 a 24:00 horas.
- Nocturnos en días laborables de 21:00 a 6:00 horas.
- Días oficiales de Feria de Nuestra Señora de la Salud.
- Días oficiales de Semana Santa de Córdoba.
- Días 24 y 31 de diciembre de 6:00 a 21:00 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299258
CONCEPTO TARIFARIO
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
POR CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
Equivalente a: 3 km + bajada de bandera
(3 km x 1,0787 € más bajada de bandera 1,9428 €)
BOJA
Número 90 - Viernes, 10 de mayo de 2024
página 42371/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 18 de marzo de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis de la ciudad de Córdoba. (PP.
8285/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Jefe del Servicio de
Relaciones con la Corporaciones Locales, con fecha 15 de marzo de 2024, y en virtud
de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el
que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de
ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de
9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis de la ciudad de Córdoba que a continuación
se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
TARIFA 1
CONCEPTO TARIFARIO
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
POR CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
Equivalente a: 3 km + bajada de bandera
(3 km x 0,8527 € más bajada de bandera 1,5875 €)
EUROS (IVA INCLUIDO)
1,75
0,94
24,02
4,56
Calendario de aplicación de la «Tarifa núm. 1» para el año 2024.
- Días laborables desde las 06:00 h hasta las 21:00 horas.
TARIFA 2
EUROS (IVA INCLUIDO)
2,14
1,19
30,29
5,70
Calendario de aplicación de la «Tarifa núm. 2» para el año 2024.
- Sábados, domingos y días festivos de 00:00 a 24:00 horas.
- Nocturnos en días laborables de 21:00 a 6:00 horas.
- Días oficiales de Feria de Nuestra Señora de la Salud.
- Días oficiales de Semana Santa de Córdoba.
- Días 24 y 31 de diciembre de 6:00 a 21:00 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299258
CONCEPTO TARIFARIO
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
POR CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
Equivalente a: 3 km + bajada de bandera
(3 km x 1,0787 € más bajada de bandera 1,9428 €)