Disposiciones generales. . (2024/89-4)
Extracto de la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se convocan para el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, en relación con la parada temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 89 - Jueves, 9 de mayo de 2024

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 29 de abril de 2024, por la que se convocan para
el año 2024 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022,
en relación con la parada temporal de la actividad pesquera de las personas
mariscadoras dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de
mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina (Anemonia viridis),
como consecuencia del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo
de Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones y el impacto
generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae, acordada en la
Orden de 17 de octubre de 2023.
BDNS (Identif): 758078
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
1. Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2024, las
ayudas por la parada temporal de la actividad pesquera de las personas mariscadoras
dedicadas a la captura de las especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus
lividus) y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia del cierre de dichas
pesquerías en el litoral mediterráneo de Andalucía, debido a la situación crítica de sus
poblaciones y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx okamurae,
acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023, al amparo de la Orden de 2 de
septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en
el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020),
en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios
que asimismo se indican:

Ayudas por la parada temporal de la actividad pesquera de las
personas mariscadoras dedicadas a la captura de las especies
denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus)
y anémona marina (Anemonia viridis), como consecuencia
del cierre de dichas pesquerías en el litoral mediterráneo de
Andalucía, debido a la situación crítica de sus poblaciones
y el impacto generado por la invasión del alga Rugulopteryx
okamurae, acordada en la Orden de 17 de octubre de 2023.
TOTAL DISPONIBLE 2024

Partidas presupuestarias

Cuantía máxima
(euros)

1400120000/G/71P/47300/00/G4130204A6

36.000,00

36.000,00

2. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera para la captura de las
especies denominadas erizo de mar común (Paracentrotus lividus) y anémona marina
(Anemonia viridis) en el litoral mediterráneo de Andalucía comprende desde el 25 de
octubre de 2023, fecha en la que se produce el cierre de estas pesquerías en todo el
litoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y hasta la fecha en la que la Consejería
competente en materia de pesca dicte la correspondiente orden de apertura.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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