Autoridades y personal. . (2024/87-31)
Resolución de 30 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas integrantes de la relación complementaria de aspirantes seleccionados realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo IV, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario 2018/2019, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Martes, 7 de mayo de 2024

página 44284/2

Tercero. Los destinos se adjudicarán de acuerdo con el orden de puntuación obtenido
y conforme al orden de preferencia establecido en el Anexo I de la presente resolución,
sin perjuicio de que éste pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de
una resolución administrativa o judicial derivada del proceso selectivo.
En cualquier caso, si la persona seleccionada no presentase la referida documentación
o no pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho
a ser seleccionada en el presente proceso selectivo, quedando anuladas todas sus
actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones si incorporase documentación
que no resultara acreditativa de los requisitos exigidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301233

ni de desempeñar ningún puesto en el sector público, ni de realizar actividad privada
incompatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado
formulario según previsiones de la base décima.9 de la Resolución de 11 de diciembre de
2020, se incorporará la siguiente documentación:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
validos bien Certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien Certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual o superior al 33%
deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones
Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto de
trabajo propio de la categoría profesional a la que opta en la Administración General de
la Junta de Andalucía, será suficiente la aportación de declaración responsable de que
se posee la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o
habituales de la categoría profesional (Anexo II).
b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», certificación
negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de inexistencia de
antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante deberá prestar
su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado Registro, así
como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por sentencia firme
por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de
la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier
delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, a los
efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (Anexo III).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al
documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su
no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.