Autoridades y personal. . (2024/87-37)
Resolución de 29 de abril de 2024, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se abre plazo para que las personas aspirantes que han superado la fase de oposición del proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición en la categoría profesional de Educador/a Centros Sociales del Grupo II, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (ordinaria) y 2022 (estabilización), presenten el autobaremo de sus méritos y documentación acreditativa.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Martes, 7 de mayo de 2024
página 44242/2
Tercero. Los méritos habrán de ir referidos a la fecha del día de publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la citada resolución de convocatoria y de
acuerdo con el baremo que se detalla en el apartado 7 de la base octava de la referida
resolución.
Cuarto. Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación en la fase de
concurso, serán los que sean alegados, autobaremados y acreditados documentalmente
por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de autobaremo, no
tomándose en consideración los alegados con anterioridad al inicio de ese plazo o con
posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados o
acreditados por las personas aspirantes.
Sevilla, 29 de abril de 2024.- El Director, José Loaiza García.
00301195
ANEXO DE AUTOBAREMO
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Martes, 7 de mayo de 2024
página 44242/2
Tercero. Los méritos habrán de ir referidos a la fecha del día de publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la citada resolución de convocatoria y de
acuerdo con el baremo que se detalla en el apartado 7 de la base octava de la referida
resolución.
Cuarto. Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación en la fase de
concurso, serán los que sean alegados, autobaremados y acreditados documentalmente
por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de autobaremo, no
tomándose en consideración los alegados con anterioridad al inicio de ese plazo o con
posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados o
acreditados por las personas aspirantes.
Sevilla, 29 de abril de 2024.- El Director, José Loaiza García.
00301195
ANEXO DE AUTOBAREMO
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja