Disposiciones generales. . (2024/87-2)
Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convocan, para el año 2024, las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes a las Líneas 2, 3 y 4 reguladas en la Orden de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Martes, 7 de mayo de 2024

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c) Línea 4. Innovación y Competitividad Empresarial de la Economía Social: La
realización de actividades que supongan una contribución sustantiva en el incremento
del nivel de competitividad empresarial y sostenibilidad de las cooperativas y sociedades
laborales andaluzas y en la apertura de nuevas posibilidades de negocio.
La concreción del objeto de las subvención figura en las bases reguladoras.
Cuarto. Bases reguladoras.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán por lo
establecido en la Orden de 6 de junio de 2014 y por el resto de normativa que resulte de
aplicación al momento en el que la misma comience a producir sus efectos.
Quinto. Cuantía de las subvenciones.
La cuantía máxima de la subvención individual podrá ser de hasta el cien por cien de
los gastos subvencionables en los que incurra la entidad para la ejecución de la acción.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles y se iniciará el día
siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, del extracto de
esta convocatoria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1 de la Orden de 6 de junio
de 2014 que regula la presente convocatoria.
2. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día
hábil siguiente según el artículo 30.2 de la Ley 39/2015 del procedimiento común de las
administraciones públicas.
3. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo. La resolución
de inadmisión será notificada personalmente a la entidad interesada.
Séptimo. Otros datos.
Las solicitudes y documentación necesaria se presentarán de forma electrónica
desde la página web
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos.html
en la forma prevista en la resolución por la que se aprueba la convocatoria.

00301259

Sevilla, 2 de mayo de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 6.6.2014, BOJA núm. 113, de 13.6.2014), la Directora General de Trabajo
Autónomo y Economía Social, Susana Romero Román.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja