Disposiciones generales. . (2024/86-11)
Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 86 - Lunes, 6 de mayo de 2024

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de
Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan para el ejercicio 2024
las ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de Alto
Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y
no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN).
BDNS (Identif): 757887.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio
Primero. Se convoca el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de Alto Nivel
o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y no paralímpicas.
Ayudas al deporte no olímpico (ADN), para el ejercicio 2024, en la cuantía máxima
de 400.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 1600010000 G/46B/48605/00 01.
Segundo. Beneficiarios.
Deportistas y sus entrenadores o técnicos que hayan accedido por la vía ordinaria a
la condición de Alto Nivel (AN) o Alto Rendimiento (AR) de Andalucía, y que hayan sido
incluidos en las relaciones de Deporte de Rendimiento de Andalucía correspondientes a
los años 2022 o 2023, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 336/2009, de 22 de
septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía. Igualmente
deben acreditar la consecución de un mérito deportivo en dichos años en pruebas
deportivas oficiales federadas de modalidades reconocidas por la administración
deportiva, pero que respecto al año de esta convocatoria no formen parte del programa
oficial de los próximos Juegos de la Olimpiada (Juegos Olímpicos), Juegos Paralímpicos,
Juegos Olímpicos de Invierno y Juegos Paralímpicos de Invierno.
Tercero. Objeto.
Ayuda destinada como estímulo al desarrollo y mantenimiento de las actividades
propias de deportistas y entrenadores de Rendimiento de Andalucía, con la finalidad de
colaborar en el mantenimiento o la mejora del rendimiento deportivo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, previsto
en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00301141

Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria está regulada por la Orden de 20 de abril de 2021, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de ayudas destinadas a deportistas y entrenadores con la condición de
Alto Nivel o Alto Rendimiento de Andalucía, con méritos en pruebas no olímpicas y
no paralímpicas. Ayudas al deporte no olímpico (ADN) (BOJA núm. 88, de 11.5.2021),
modificada por la Orden de 8 de junio de 2022 de la Consejería de Educación y Deporte
(BOJA núm. 119, de 23 de junio).