Disposiciones generales. . (2024/86-5)
Acuerdo de 30 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Primera Estrategia Andaluza de la Ganadería Extensiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 86 - Lunes, 6 de mayo de 2024

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4. Programación que establezca las medidas a ejecutar para el logro de los objetivos
estratégicos, incluyendo presupuesto destinado a las mismas y el cronograma para su
consecución.
5. Seguimiento y evaluación de la estrategia, creando un sistema de indicadores de
resultado e impacto.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural elaborará una
propuesta inicial de la Estrategia, que trasladará a todas las Consejerías de la Junta de
Andalucía para su análisis y aportación de propuestas.
2. Posteriormente, dicha Consejería recabará los informes preceptivos de acuerdo con
la normativa de aplicación. En la tramitación de la Estrategia se tendrá en consideración,
en su caso, el procedimiento de evaluación ambiental estratégica previsto en el Título III
de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
3. La propuesta de la Estrategia se someterá a consideración de los agentes
económicos y sociales más representativos, así como a las asociaciones del sector
ganadero andaluz.
4. La propuesta inicial de la Estrategia será sometida a información pública por un
período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
pudiendo consultarse la correspondiente documentación en la sección de transparencia
del Portal de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
5. Posteriormente, la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural elevará la propuesta definitiva de la Estrategia al Consejo de Gobierno
para su aprobación mediante acuerdo.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural para la ejecución y desarrollo del presente acuerdo.
Sexto. Efectos.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 30 de abril de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN CRESPO DÍAZ

00301125

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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