3. Otras disposiciones. . (2024/85-51)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a la captura de pulpo (Octopus vulgaris), con artes de trampa en el litoral mediterráneo y se convoca la cobertura de vacantes en dicho censo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Viernes, 3 de mayo de 2024

página 44096/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

Con fecha de 2 de marzo de 2016, se publica la Orden de 19 de febrero de 2016,
por la que se regulan los artes de trampa para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) en
el litoral mediterráneo de Andalucía y se crea el censo de embarcaciones autorizadas a
dicha actividad con un total de 242 buques.
A través de su disposición transitoria primera, se estableció un periodo para la
incorporación de embarcaciones habituales en la pesquería de pulpo en aguas del litoral
mediterráneo de Andalucía, que cumpliesen los requisitos establecidos en el artículo 4.2
de la referida norma a fecha de publicación de esta y no se encontrasen incluidas en el
censo establecido en el Anexo I de dicha orden.
Las personas responsables de las embarcaciones interesadas debían dirigir una
solicitud a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, acreditando su habitualidad en la
pesquería en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de la referida orden.
Este periodo transitorio culminó con la Resolución de 21 de septiembre de 2016, de
la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se publica el censo definitivo de
embarcaciones autorizadas al uso de artes de trampa para la captura de pulpo en aguas del
litoral mediterráneo de Andalucía llegando a su límite máximo con un total de 257 buques.
Posteriormente, por parte de la Dirección General de Pesca y Acuicultura se han
realizado dos actualizaciones del censo de embarcaciones autorizadas a la captura de
pulpo (Octopus vulgaris), con artes de trampa en el litoral mediterráneo y se convocó la
cobertura de vacantes en dicho censo, la primera con fecha de 20 de septiembre de 2018
se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 14 de septiembre
de 2018, y la segunda con fecha de 26 de marzo de 2021, se publicó resolución de 19 de
marzo de 2021.
En su artículo 3, la Orden de 19 de febrero de 2016, establece que la Dirección General
competente en materia de pesca y marisqueo mantendrá actualizado el censo conforme
a las disposiciones establecidas en la referida orden. Igualmente, en su artículo 8 se
dispone, que causarán baja automáticamente en el Censo de embarcaciones autorizadas
al uso de artes de trampa para la captura de pulpo, las embarcaciones afectadas por
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Embarcaciones que causen baja en el censo de artes menores.
b) Embarcaciones que trasladen su puerto base fuera del litoral mediterráneo
de Andalucía.
c) Embarcaciones que permuten su derecho de pertenencia al censo.
d) Embarcaciones que no realicen ventas de pulpo (Octopus vulgaris) en establecimientos
autorizados para la primera venta de productos pesqueros durante dos años consecutivos.
Atendiendo a este último apartado, por parte de esta Dirección General se ha realizado
una revisión sobre las ventas de pulpo realizadas durante dos años consecutivos llevadas
a cabo por las embarcaciones autorizadas al uso de artes de trampa para la captura
de pulpo en aguas del litoral mediterráneo de Andalucía, pudiéndose comprobar que
17 embarcaciones no han realizado ventas de esta especie en lonjas andaluzas, por lo
que se ha emitido la correspondiente resolución de baja del censo como se indica en el
artículo 8.d) de la Orden de 19 de febrero de 2016.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Resolución de 29 de abril de 2024, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas
a la captura de pulpo (Octopus vulgaris), con artes de trampa en el litoral
mediterráneo y se convoca la cobertura de vacantes en dicho censo.