3. Otras disposiciones. . (2024/83-48)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se amplía la delegación de competencias del Rector, realizada por Resolución de 28 de julio de 2023, en lo que afecta a la Editorial de la Universidad de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43881/1

3. Otras disposiciones
UNIVERSIDADES
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Universidad de Granada, por la que se
amplía la delegación de competencias del Rector, realizada por Resolución de
28 de julio de 2023, en lo que afecta a la Editorial de la Universidad de Granada.
El 28 de julio de 2023 y el 21 de noviembre de 2023, el Rector magnífico de la Universidad
de Granada resolvió, en sendas resoluciones, de conformidad con lo establecido en el
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
delegar de entre las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de
Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio
de 2011), aquéllas que a su entender lo precisaban al objeto de lograr una mayor agilidad
y eficacia en la gestión universitaria.
Con posterioridad a la publicación de estas resoluciones, y a la vista de su aplicación
efectiva, en la Universidad de Granada se ha visto oportuno procurar también una mayor
agilidad a la hora de recabar las firmas necesarias en los trámites que requieren los
diferentes procesos editoriales que gestiona la Editorial de la Universidad de Granada,
delegando en la persona que ostenta su Dirección, la firma de contratos de carácter
comercial y mercantil que contribuyan a mejorar la explotación de los recursos puestos
a su disposición y generados por la actividad de la Editorial Universidad de Granada,
ya sean tales recursos de propiedad física o de propiedad intelectual. La tipificación de
tales contratos abarcará a todos los agentes sociales o individuales que participen en el
sector editorial: autores, productores, distribuidores, documentalistas, libreros o cualquier
otro que fuere necesario en el proceso de edición, fabricación, distribución o venta de los
libros, revistas científicas y productos editoriales.
Todo ello, además, en línea con lo previsto en el Reglamento de funcionamiento de
la Editorial Universidad de Granada (aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de julio
de 2001), en cuyo artículo 9 se habilita a que, por delegación del Rector, que se viene
a articular por medio de la presente resolución, la persona titular de la Dirección de
la Editorial Universidad de Granada represente a la Editorial en toda clase de actos y
negocios jurídicos, así como que suscriba contratos en nombre de la misma.
Por ello, este Rector
HA RESUELTO

Segundo. En los actos y negocios jurídicos que se suscriban en virtud de la delegación
de competencias de este Rector, se hará constar expresamente esta circunstancia en la
antefirma, por medio de la expresión «Por delegación de competencia», con indicación de
esta resolución y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en la que se haya publicado,
conforme a lo dispuesto en el art. 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Tercero. Estas competencias, cuya delegación se realiza en virtud de esta resolución,
no podrán asimismo ser delegadas a su vez por parte del órgano delegado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300831

Primero. Delegar la representación de la Editorial Universidad de Granada en toda
clase de actos y negocios jurídicos, así como la suscripción de contratos en nombre de la
misma, que le corresponde realizar a este Rector, en la persona titular de la Dirección de
la Editorial Universidad de Granada.