3. Otras disposiciones. . (2024/83-45)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de las medidas de apoyo de la Junta de Andalucía como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19): Sector de servicios de atención residencial y centro de día a las personas mayores y a personas con discapacidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43873/38

ALEGACIÓN Nº 5 AL PUNTO 29 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Los 7 expedientes han sido reclamados para su reintegro. A fecha de este informe hay un reintegro
ya realizado (expediente 10530) y el resto está pendientes de reintegrar por las entidades, estando
aún dentro del plazo establecido para la reclamación de estas cantidades cobradas indebidamente.
TRATAMIENTO DE ALEGACIONES
La entidad corrobora el incumplimiento del punto alegado, al informar que los siete expedientes
han sido reclamados para su reintegro, aunque no se aporta la documentación que acredite los
expedientes de reintegro incoados.
ALEGACIÓN Nº6 AL PUNTO 30 (ALEGACIÓN PARCIALMENTE ADMITIDA)
De todos estos expedientes, a siete se les solicitó el reintegro por no cumplir lo indicado en los
decretos. De ellos, seis han abonado las cantidades solicitadas para el reintegro y un centro queda
pendiente de respuesta a las alegaciones que ha aportado tras la solicitud de reintegro.
(…)
TRATAMIENTO DE ALEGACIONES
Observaciones al primer párrafo de la alegación:
La alegación presentada no responde a la cuestión observada en el punto del informe. Se limita a
informar sobre la situación actual de los expedientes sin aportar la documentación que acredite los
expedientes de reintegro incoados.
Observaciones al segundo párrafo de la alegación:
• Para los 4 expedientes afectados por la incidencia nº16, el 10263 y 10595 del DL 31/20 y 10390
del DL15/21 y el 10390 del DL 23/21, se acepta la alegación presentada y se elimina en el informe
toda referencia a la incidencia nº16, por considerarse válidos los certificados del interventor al
ser los responsables de fiscalizar los gastos.
• El punto que se alega señala el incumplimiento de las Instrucciones de la Dirección Gerencia de
la ASSDA para la acreditación de los gastos objeto de la medida de apoyo económico: 1/2021
para el DL 31/2020; 4/2021 para el DL 15/2021; 6/2021 de para el DL 23/2021. Las respuestas
de la Agencia para las incidencias 8, 9,10, 13 y 15 detectadas, se han presentado en los Anexos
I, II y III de la alegación.

00300822

Los siguientes cuadros incluyen las observaciones a las respuestas de la ASSDA.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja