3. Otras disposiciones. . (2024/83-46)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial. Ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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19.

Implementar las adaptaciones que procedan en el aplicativo GIRO de forma que las tareas de
presupuestación, ejecución y realización de cobros y pagos permitan el seguimiento de la
ejecución de los proyectos de inversión de los FCI en función de las unidades físicas ejecutadas y
de su coste, dándose así cumplimiento al artículo 10.3 de la Ley de los FCI.5 (Alta) (§§ 9 y A.21)

20.

Continuar mejorando la planificación de los proyectos contenidos en el Anexo de inversiones de
la Comunidad que van a ser financiados con los FCI, al objeto de disminuir el número de
proyectos que se reprograman. (Media) (§§ A.8, A.10, A.11 y A.12)

21.

Proceder por los órganos competentes a la justificación y/o depuración de los saldos pendientes
de justificar dada la antigüedad de los mismos, para que estos importes queden totalmente
saldados, con la finalidad de minimizar el riesgo de prescripción de los posibles reintegros y de
caducidad de los ya iniciados. (Alta) (§A.21 a A.23)

22.

Mejorar la precisión de la información disponible sobre la distribución territorial del gasto
correspondiente a los FCI. La IGJA junto con la DGPPEF pueden establecer una serie de pautas
generales que permitan a los órganos gestores seguir un criterio eficiente y uniforme para su
asignación provincial. (Media) (§ 12)

8. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DEL INFORME ANTERIOR
En el cuadro nº 1 se contienen las recomendaciones incluidas en el informe anterior (JA 02/2022)
así como el grado de implantación de estas en el ejercicio 2022.

23.

5

00300823

A este respecto, cabe destacar que se ha producido un avance en la reducción cuantitativa de la
reprogramación de los proyectos relacionados con los FCI, así como con el volumen de
libramientos pendientes de justificar. No obstante, todavía se encuentran pendiente de culminar
las adaptaciones necesarias en los aplicativos utilizados, para disponer de una información
completa respecto al seguimiento de la ejecución de tales proyectos.

Punto modificado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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