Disposiciones generales. . (2024/83-1)
Orden de 18 de abril de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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acredita la categoría profesional, la justificación de la experiencia de dos años en un
puesto equivalente y la indicación de no pertenecer a ningún Órgano de administración
de ninguna de las entidades participantes en el proceso, toda vez que se formalice la
contratación. Asimismo se deberá indicar las fechas estimadas de inicio de la contratación
(esta fecha deberá ser posterior a la solicitud de ayudas).
2.4. Contenido del apartado «IV Evaluación económica de las entidades que
intervienen y del proceso»: incluir en este apartado la información referida a la solvencia
económica de las entidades que intervienen en el proceso de integración o fusión/
constitución, así como la viabilidad económica del proceso elegido, donde se indique:
- Solvencia económica: (requisito a cumplimentar solo por el beneficiario de la ayuda
cuando no sea de reciente constitución) se debe aportar datos sobre las cuentas anuales
de los dos últimos ejercicios cerrados y depositados en el registro correspondiente
(inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayudas),
cumplimentando los cuadros pertinentes recogidos en el punto 3 de este anexo. Se podrá
sustituir esta cumplimentación con la aportación de las copias de las cuentas (balances
abreviados y cuentas de perdidas y ganancias) depositados, para ambos ejercicios, en
los registros correspondientes.
- Viabilidad económica: análisis económico del proceso de integración o fusión/
constitución presentado, teniendo en cuenta el importe total de los gastos e inversiones a
realizar o realizadas y la forma y plazos de pago de las mismas, así cómo referencias a la
rentabilidad económica del proceso.
2.5. Contenido del aparado «V. Anejos»: en este apartado se relacionará la
documentación que la entidad estime que complementa el contenido de la Memoria (ej:
cuentas anuales depositadas).
3. Datos para la evaluación de la solvencia económica del solicitante.
3.1. Grandes empresas.
MODELOS ABREVIADOS DE BALANCE ABREVIADO y CUENTAS ANUALES Y AL
CIERRE DEL EJERCICIO 20__

20,(280),(290)
21,(281) ,(291) ,23
22,(282),(292)
2403,2404,2413,2414,2423,2424,(2493) , (2494),
(293) ,(2943), (2944), (2953), (2954)
2405,2415,2425,(2495) ,250 ,251 ,252,253,
254,255,257,258, (259) ,26,( 2945),( 2955),( 297),(
298)
(474)
580,581,582,583,584,( 599)
30,31,32,33,34,35,36,(39),407
430,431,432,433,434,435,436, (437), (490),(493)
5580
44,460,470,471,472,544
5303,5304,5313,5314,5323,5324,5333,
5334,5343,5344,5353,5354,( 5393),
(5394 ),5523,5524,
(593),( 5943),(5944),( 5953),(5954)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

ACTIVO
A) ACTIVO NO CORRIENTE

-2

-1

l. Inmovilizado intangible.
II. Inmovilizado material.
III. Inversiones inmobiliarias.
IV.Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo
plazo.
V. Inversiones financieras a largo plazo.
VI. Activos por Impuesto diferido.
B) ACTIVO CORRIENTE
l. Activos no corrientes mantenidos para la venta.
II. Existencias.
III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar.
Clientes por ventas y prestaciones de servicios.
Accionistas (socios) por desembolsos exigidos.
Otros deudores.
IV. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto
plazo.

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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