Disposiciones generales. . (2024/83-1)
Orden de 18 de abril de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43791/40

ANEXO IV. MEMORIA DESCRIPTIVA DEL PROCESO.
A la solicitud de ayudas, tanto de la Línea 1 «Integración» como de la Línea 2 «Fusión/
Constitución», se deberá acompañar una Memoria descriptiva del proceso a realizar o ya
realizado según el caso, con indicación de los conceptos de gastos que se incluyen en la
solicitud.
Esta memoria servirá para ampliar los datos y la información recogida en el modelo
de solicitud y deberá contener lo siguiente:

2. Cada uno de los apartados del indice deberá desarrollarse en función de las
características del proceso de integración o fusión/constitución llevado a cabo. No
obstante deberán contener al menos la siguiente información:
2.1. Apartado «I. Antecedentes»: Incluir información general de las entidades que
participan en el proceso de integración o fusión/constitución, dónde se indique:
- Sector productivo en el que se desarrolla la actividad, objeto social, principales
actividades y ámbito geográfico.
- Dimensión de las entidades en términos de número de socios, superficie productiva,
volúmenes de producción y de ventas.
- Objeto del proceso de integración o fusión/constitución, así como los motivos,
conveniencia y efectos que lo fundamentan.
- Evaluación de las alternativas de integración o fusión/constitución contempladas, y
justificación de la opción elegida.
2.2. Apartado «II. Descripción del proceso de integración o fusión/constitución»:
Incluir información referida a la estructura de la operación realizada o que se pretende
realizar, donde se indique:
- Identidad de las entidades que participan en el proceso (en el caso de fusiones por
absorción o constitución con disolución incluir información sobre las entidades extintas)
con indicación del NIF de las mismas.
- Calendario del proceso de integración o fusión/constitución.
- En el caso de una integración, descripción y secuencia de los «Gastos Previos»
(punto 5.b)1.º del Cuadro Resumen de las Bases reguladoras de las ayudas) con
indicación de fechas, proveedores y coste de la actuación.
- En el caso de fusión/constitución habrá que justificar el volúmenes de negocio en
el ejercicio anterior de las entidades que participan en la fusión/constitución, teniendo en
cuenta lo indicado en el punto 4.a).2.º4 y 5.b)1.ºa) del Cuadro Resumen de la Línea de
Fusión, en el que se recoge que la determinación del volumen de negocio se realizará
de forma análoga a la determinación del Valor de la Producción Comercializada derivado
de la aplicación del Decreto 188/2017, de 21 de noviembre, por el que se regulan las
entidades asociativas prioritarias agroalimentarias de Andalucía y se crea su Registro. En
su caso, aportar la balances de suma y saldos del último ejercicio cerrado y aprobado.
Asimismo, recoger en su caso, plazo o fecha a partir de la cual la nueva entidad (o la
fusionada) comienza a operar a efectos contables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300741

1. Un «Índice» con los siguientes apartados:
I. Antecedentes.
II. Descripción del proceso de integración o fusión/constitución.
III. Descripción de los gastos subvencionables que se solicitan.
IV. Evaluación económica de las entidades que intervienen en el proceso.
V. Anejos.
La entidad solicitante podrá incorporar al indice, dentro de cada apartado, cuantos
niveles de contenido considere necesario.