Disposiciones generales. . (2024/83-1)
Orden de 18 de abril de 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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ANEXO III

Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural

6. DOCUMENTACIÓN
6.2

DOCUMENTACIÓN QUE SE REMITE PARA LA JUSTIFICACIÓN DEL PROCESO DE FUSIÓN/CONSTITUCIÓN

❒ Una Memoria final o parcial de ejecución, según se trate de pago en firme o pago fraccionado, que permita valorar el grado
de cumplimiento del objeto de la ayuda concedida, dónde se recoja que se mantienen todos los requisitos recogidos en el
apartado 4 del Cuadro Resumen y en particular lo dispuesto en el apartado 22.a)1º.
❒ Justificantes de los gastos realizados, deberán estar estampilladas con indicación de que están financiadas al 100% con
cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el caso de que un mismo gasto se haya financiado con
cargo a FEADER,o a cualquier otra ayuda, se indicará el porcentaje que corresponde a la ayuda prevista en la presente
Orden, adjuntando en su caso si lo hubiera, la factura estampillada aportada para justificar el gasto cuya financiación
corresponde a fondos FEADER, o a otras ayudas concedidas.
❒ Documentación acreditativa de la materialización del pago de los gastos realizados.

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

❒ Certificado emitido por el correspondiente Registro, en el que se indique la relación de personas que forman el órgano de
administración.
❒ Copia de los N.I.F. de los integrantes de los Órganos de administración que se comuniquen para el cumplimiento del
requisito de que el órgano de administración de la entidad esté constituido por al menos una mujer y una persona joven
menor de 41 años.
❒ Contrato laboral correspondientes a los puestos incluidos en la subvención.
❒ Vida Laboral de las personas contratadas, actualizado y posterior al plazo de ejecución.
❒ Copia de los títulos acreditativos de la cualificación profesional, correspondientes a las categorías A y B.
❒ Nóminas mensuales de cada una de las personas contratadas.
❒ Justificante bancario del abono de nómina.
❒ Modelo trimestral para la liquidación del IRPF y justificantes de pago de los mismos.
❒ Documentación que acredite la cuantía y el pago de la cuota de cotización de la Seguridad Social a cargo del empleador
❒ Acreditación del proceso de fusión/constitución mediante la aportación de la escritura de fusión.
❒ Certificado del Registro Mercantil, en su caso, en el que se acredite el 50% de su capital social pertenezca a sociedades
cooperativas o SAT y, en el supuesto de que se trate de una S.A. que sus acciones son nominativas e indicación de los
titulares de las mismas. Cuando se trate de S.C.A. o S.A.T. inscritas en elRegistro de S.A.T. de Andalucía, certificación por una
autorización, en favor del órgano tramitador, para que sea éste el que recabe del organismo competente tal certificación.
❒ Certificación literal del contenido de los estatutos actualizados de la entidad resultante de la fusión, emitido por el
correspondiente registro, en el que se recoja el compromiso de comercializar la totalidad de su producción de las personas
socias, para la actividad principal por la que se llevó a cabo el proceso de fusión, de conformidad con las normas sobre
suministro y comercialización que elaboren.

Otro/s documento/s
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3
4

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00300741

004031/A04

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https://www.juntadeandalucia.es/eboja