Disposiciones generales. . (2024/83-2)
Extracto de la Orden de 18 de abril 2024, por la que se convocan para el ejercicio 2024, las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

página 43792/2

Tercero. Objeto.
Línea 1. El fomento e impulso de los procesos de integración de entidades asociativas
agroalimentarias, orientadas a la mejora de la dimensión productiva, a la promoción de
su posicionamiento en el sector y su nivel de competitividad en los mercados.
Línea 2. El fomento e impulso de los procesos de fusión de entidades asociativas
agroalimentarias, orientadas a la mejora de la dimensión empresarial, la eficiencia y la
competitividad de la agroindustria andaluza.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 30 de junio de 2020, modificada por la Orden de 14 de julio de 2021, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitivas, dirigidas al fomento de procesos de integración y fusión de
entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía (BOJA número 128-Lunes, 6 de julio
de 2020) modificada por la Orden de 14 de julio de 2021 (BOJA número 139-Miércoles,
21 de julio de 2021).
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
El importe máximo por persona beneficiaria en cada una de las lineas de ayuda son
los siguientes:
Línea 1: Doscientos mil euros (200.000 €).
Línea 2: Doscientos mil euros (200.000 €).
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el periodo comprendido
entre el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, hasta el 30 de junio inclusive del mismo año.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria. Asimismo,
estos formularios, podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la
Junta de Andalucía, en la siguiente dirección web:
www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/13741.html

00300742

Sevilla, 23 de abril de 2024.- La Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, P.D. (Orden de 21.11.2022), Consolación Vera Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja