5. Anuncios. . (2024/83-78)
Anuncio de 25 de abril de 2024, de la Directora de Administración General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por la que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura de un puesto de directivo de la Dirección Provincial de Almería.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 83 - Martes, 30 de abril de 2024

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 25 de abril de 2024, de la Directora de Administración General de la
Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por la que se da publicidad
a la convocatoria para la cobertura de un puesto de directivo de la Dirección
Provincial de Almería.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban
los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la
selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se
dispone la publicación de la resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

El artículo 13.1 y 2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(TRLEBEP) establece, respecto del personal directivo profesional de las Administraciones
Públicas, que:
“1. Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las
Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada
Administración.
2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de
idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y
concurrencia”.
A su vez, el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía, determina que “Es personal directivo de las Agencias Públicas
Empresariales el que ocupa puestos de trabajo determinados como tales en los Estatutos,
en atención a la especial responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas
asignadas. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de
abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en la normativa de desarrollo dictada
por la Comunidad Autónoma de Andalucía”.
Igualmente, la disposición adicional quinta de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de
Reordenación del Sector Público de Andalucía, establece que:
1. El personal directivo de las agencias es el que ocupa los puestos de trabajo
determinados como tales en los estatutos de las mismas, en atención a la especial
responsabilidad, competencia técnica y relevancia de las tareas a ellos asignadas.
2. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de
idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y
concurrencia. Los puestos de trabajo que tengan asignadas tareas de dirección que estén
relacionadas con el ejercicio de potestades públicas serán desempeñados, en todo caso,
por personal directivo que tenga la condición de funcionario de carrera o por quienes
sean nombrados por el Consejo de Gobierno como gerentes o jefes de personal de las
agencias.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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«Resolución de la Directora General de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de
Andalucía por la que se efectúa convocatoria para la cobertura del puesto directivo de la
Dirección Provincial de Almería.