3. Otras disposiciones. . (2024/82-25)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 82 - Lunes, 29 de abril de 2024

página 43783/2

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto para su general
conocimiento:
a) En formato digital, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede
Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participación/todos-documentos/detalle/496531.html
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n,
41071 Sevilla, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con
las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tercero. Las alegaciones que deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse
a la Dirección General de Pesca y Acuicultura de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar:
a) Las personas o entidades que estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos deberán presentar sus escritos en formato electrónico a la dirección de
correo electrónico: dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es
Asimismo, se podrán presentar en formato electrónico en el Registro Electrónico
Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de
la Presentación Electrónica General, o en los registros electrónicos de cualquiera de los
sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Las personas físicas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios
electrónicos podrán presentar sus alegaciones, además de en el Registro Electrónico
Único en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, en los
restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el
artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o en formato papel en las Oficinas de
Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, sita en la calle Tabladilla, s/n, 41071 Sevilla, o bien en cualquier otra, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

00300733

Sevilla, 23 de abril de 2024.- El Director General, José Manuel Martínez Malia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja