Disposiciones generales. . (2024/82-2)
Orden de 23 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para el desarrollo de proyectos de investigación por los agentes del sistema andaluz del conocimiento.
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Número 82 - Lunes, 29 de abril de 2024

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este sistema, su seguimiento y evaluación, con especial atención a la formación de
las personas dedicadas a la investigación, los proyectos de investigación y aplicación
del conocimiento, la generación de ciencia multidisciplinar y la promoción de la
internacionalización, la difusión de la ciencia a la sociedad y de sus resultados al tejido
productivo.
Las ayudas reguladas en la presente orden se destinan a financiar dos modalidades
de proyectos de investigación desarrollados por los Agentes del Sistema Andaluz del
Conocimiento. Por un lado se financia la línea 1 destinada a proyectos de investigación
básica o fundamental, que según el Manual de Frascati, elaborado por la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), se define como aquella
que consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden para obtener
conocimientos sobre los fundamentos de fenómenos y hechos observables, sin intención
de otorgarles ninguna aplicación o utilización determinada. Por otro lado, se financia
la línea 2 destinada al desarrollo de proyectos de investigación aplicada y desarrollo
experimental, entendiendo, según el citado manual de Frascati, por investigación aplicada
a aquellos trabajos originales realizados para adquirir nuevos conocimientos, dirigida
fundamentalmente hacia un objetivo práctico específico. El desarrollo experimental
consiste en trabajos sistemáticos fundamentados en los conocimientos existentes
obtenidos a partir de la investigación o la experiencia práctica, que se dirigen a producir
nuevos productos o procesos, o a mejorar los productos o procesos que ya existen. Los
proyectos de investigación aplicada y desarrollo experimental han de desarrollarse en
uno de los entornos de especialización de la Estrategia de Especialización Inteligente
para la Sostenibilidad de Andalucía S4Andalucia 2021-2027, en el marco de la Línea
temática 1 dirigida a la I+D+i.
Estas bases reguladoras se adaptan a la regulación sobre protección de datos de
carácter personal, concretamente, a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva
95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
Considerando que las entidades destinatarias de estas subvenciones cuentan con
la capacidad técnica y la formación necesaria para utilizar los medios electrónicos,
se establece la obligación de relacionarse con la Administración utilizando medios
electrónicos, conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, por acreditarse el acceso y disponibilidad de los medios
electrónicos necesarios.
En su procedimiento de aprobación y contenido, estas bases reguladoras han
considerado el cumplimiento de los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, según el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, y en el artículo 7.2 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de
administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa
de la Junta de Andalucía.
Así, se cumple con los principios de necesidad y eficacia, al estar la iniciativa normativa
justificada por la necesidad de establecer las bases reguladoras para la concesión de
las subvenciones que tienen como objeto la financiación de proyectos de investigación
desarrollados por los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento en el marco de la
EIDIA. De la misma manera, en cumplimiento del principio de proporcionalidad, la norma
establece la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir.
Por otra parte, en virtud del principio de seguridad jurídica, esta orden es coherente
con el conjunto del ordenamiento normativo en su ámbito de aplicación. También se ha
considerado el principio de transparencia, definiéndose el objeto y ámbito de aplicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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