3. Otras disposiciones. . (2024/81-33)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de decreto por el que se regulan las funciones y singularidades administrativas aplicables a los Cuerpos Superior Facultativo especialidad Medicina del Trabajo y Técnico Facultativo especialidad Enfermería del Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de
decreto por el que se regulan las funciones y singularidades administrativas
aplicables a los Cuerpos Superior Facultativo especialidad Medicina del Trabajo
y Técnico Facultativo especialidad Enfermería del Trabajo de la Administración
General de la Junta de Andalucía.
Con fecha 9 de abril de 2024, la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo acordó el inicio de la tramitación del proyecto de decreto por el
que se regulan las funciones y singularidades administrativas aplicables a los Cuerpos
Superior Facultativo especialidad Medicina del Trabajo y Técnico Facultativo especialidad
Enfermería del Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en
el artículo 7.2.d) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
RESU ELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de decreto por el que se regulan
las funciones y singularidades administrativas aplicables a los Cuerpos Superior
Facultativo especialidad Medicina del Trabajo y Técnico Facultativo especialidad
Enfermería del Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, durante
un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de
esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al proyecto de decreto deberán
dirigirse a la persona titular de la Dirección General Trabajo, Seguridad y Salud Laboral,
de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y se podrán realizar en
formato electrónico a través de la cuenta de correo informacionpublica.dgtssl.ceeta@
juntadeandalucia.es así como en formato papel, presentándose preferentemente en las
Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, adjuntándose a las mismas, en el supuesto de organismos, entidades y
colectivos interesados, la acreditación de la constitución y representación de los mismos.
Sevilla, 18 de abril de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Elena Lobillo Chacón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300639

Segundo. Durante dicho plazo, el texto del proyecto de decreto quedará expuesto
para su general conocimiento:
a) En formato electrónico, a través del Portal de la Administración de la Junta de
Andalucía, en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html
b) En formato papel, en la sede de la Dirección General Trabajo, Seguridad y Salud
Laboral, sita en la Avda. Albert Einstein, núm. 4, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, en
horario de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.