3. Otras disposiciones. . (2024/81-31)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se conceden los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía correspondientes al curso académico 2022/2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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RESU ELV E
Primero. Conceder los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación
Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía
correspondientes al curso académico 2022/2023 a los alumnos y alumnas que figuran en
el Anexo, donde igualmente se recogen los centros educativos a los que pertenecen y las
puntuaciones totales.
Segundo. Dado el número de personas matriculadas en el Nivel II de Educación
Secundaria Obligatoria para personas adultas en el curso académico 2022/2023, la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional concede 18 premios.
Cada premio es de 500 euros brutos, que se efectuarán con cargo al Presupuesto de
la Comunidad de Andalucía para el año 2024. Estos premios se harán efectivos en la
cuenta bancaria del alumnado beneficiario.
Tercero. El alumnado que ha obtenido Premio al esfuerzo y a la superación personal
en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma
de Andalucía recibirá un diploma acreditativo de tal distinción, que será consignada en
los documentos oficiales de evaluación, anotada en sus expedientes académicos y se
hará constar en las certificaciones académicas que se emitan, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 1 de marzo de 2018, por la que se crean
los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria
para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se establece el
procedimiento para su concesión.
Cuarto. La presente resolución surte los efectos propios de notificación a las personas
interesadas, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición en el plazo de un mes, desde el día siguiente a su
publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo previsto en
los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ser
impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00300657

Sevilla, 15 de abril de 2024.- La Directora General, Almudena García Rosado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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